Un ciudadano peruano decidió utilizar las redes sociales para difundir los resultados de dos actas electorales, mismas que se realizaron en la ciudad de Tokio, Japón, formando parte del voto extranjero.
En dichos documentos, se observan la cantidad de votos que recibió cada candidato que postula a la presidencia de la República. Esta acción configura un delito flagrante, según lo estipula el artículo 358 del Código Penal.
Sucede que la publicidad electoral no está permitida el día de las elecciones. El artículo 358 del Código Penal advierte que aquel elector que hace evidente el sentido de su voto mediante el uso de publicidad será reprimido con cárcel por el periodo de hasta un año o con prestación de servicio comunitario de veinte a treinta jornadas.
De manera inmediata, diferentes usuarios reportaron el hecho a la cuenta oficial de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para que puedan tomar cartas en el asunto.
El acostumbrado, a Boca de Urna, recién se podrá conocer a las 7 de la noche. Anteriormente, esto se emitía a las 4 de la tarde, sin embargo, debido al horario escalonado establecido por la ONPE, se tendrá que esperar unas horas más.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales armó un horario diferenciado para que los ciudadanos acudan a su local de votación según el último dígito de su DNI.
Si tu DNI termina en... | Horario |
1 | 9:00 a. m. a 10:00 a. m. |
2 | 10:00 a. m. a 11:00 a. m. |
3 | 11:00 a. m. a 12:00 m. |
4 | 12:00 m. a 1:00 p. m. |
5 | 1:00 p. m. a 2:00 p. m. |
6 | 2:00 p. m. a 3:00 p. m. |
7 | 3:00 p. m. a 4:00 p. m. |
8 | 4:00 p. m. a 5:00 p. m. |
9 | 5:00 p. m. a 6:00 p. m. |
0 | 6:00 p. m. a 7:00 p.m. |
Desde las 7:00 a. m. hasta las 9:00 a.m. se recomienda que vayan adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con discapacidad.