La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó hace unos días el procedimiento operativo para el retiro de fondos de la AFP. Por ello, tanto AFP Prima, como Integra, Hábitat y Profuturo, dieron a conocer los días para que los afiliados puedan presentar las solicitudes de retiro por hasta 4 UIT (S/ 17 600).
Desde el próximo jueves 27 de mayo los afiliados de las AFP podrán solicitar el retiro de sus fondos. Para acceder a este beneficio, las personas deberán guiarse de las fechas establecidas por las entidades mencionadas, las cuales están sujetas al último dígito de su DNI.
A continuación, conoce las fechas para presentar tu solicitud de retiro.
ÚLTIMO DÍGITO DEL DNI | FECHA PARA PRESENTAR LA SOLICTUD |
0, letra u otro | 27 y 28 de mayo |
1 | 31 de mayo y 1 de junio |
2 | 2 y 3 de junio |
3 | 4 y 7 de junio |
4 | 8 y 9 de junio |
5 | 10 y 11 de junio |
6 | 14 y 15 de junio |
7 | 16 y 17 de junio |
8 | 18 y 19 de junio |
9 | 22 y 13 de junio |
De acuerdo a lo decretado en la normativa publicada en El Peruano, todas las personas afiliadas al Sistema Privado de Pensiones podrán retirar hasta 4 UIT (17 600 soles) de sus fondos ahorrados.
Sin embargo, las personas comprendidas bajo el Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo (REJA) no podrán acceder a este beneficio extraordinario.
La entrega del dinero que se solicite se hará de manera progresiva. El primer desembolso se realizará con un monto de hasta 1 UIT (S/4 400) en un plazo máximo de 30 días tras presentar la solicitud.
El segundo desembolso se dará, también con un monto de hasta 1 UIT (S/4 400) después de 30 días calendario tras recibir el primer pago. Mientras que, el tercer desembolso será de hasta 2 UIT (S/8 800) y se dará en un plazo máximo de 30 días después del segundo desembolso.
Este retiro de fondos tiene una condición de beneficio intangible, por lo que no podrá ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo o retención.
Asimismo, el desembolso tampoco puede ser alterado con cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o administrativa, sin importar la cuenta en la que haya sido depositado.