Las últimas noticias sobre el retiro de AFP llegan a cada instante. En esta oportunidad, todos los aportantes al Sistema Privado de Pensiones tienen la posibilidad de verificar si podrán acceder o no al retiro de fondos por hasta 17 200 soles, equivalente a 4 UIT.
La Superintendencia de Bancas, Seguros y AFP, habilitó una plataforma para poder conocer si accedes o no al retiro facultativo que aprobó el Congreso de la República y cuya solicitud se presentará desde el próximo 9 de diciembre.
A continuación, te dejamos el link y los pasos a seguir para conocer si accedes o no al retiro facultativo y excepcional de AFP (Prima, Integra, Profuturo y Habitat).
- Ingresa a https://retiro4uit.consultaretiroafp.pe/#/consulta
- Coloca tu número de DNI.
- Ingresa el dígito de verificación de tu DNI.
- Coloca tu fecha de nacimiento.
- Dale clic a "No soy un robot", y listo.
(Captura SBS)
Con todos estos pasos podrás saber si accedes o no al retiro facultativo de AFP. Ten en cuenta que desde el próximo miércoles 9 de diciembre podrás ingresar la solicitud de retiro.
La SBS envió un comunicado confirmando que, desde el 9 de diciembre, las personas que cumplan con los requisitos de retiro podrán presentar su solicitud virtual para acceder a sus fondos.
"Con la entrada en vigencia de esta norma, que será el 9 de diciembre del 2020, comenzará el periodo de 90 días calendario determinado por ley para que todos los afiliados que cumplan con los requisitos puedan registrar sus solicitudes de retiro de manera 100 % virtual", aseguraron.
Con toda la información anterior, los afiliados tendrán como plazo máximo hasta el 9 de marzo de 2021 para presentar la mencionada solicitud.
(Foto: SBS)
La SBS confirmó el procedimiento operativo oficial para acceder a los fondos de pensiones del sistema privado. Es preciso indicar que hay una serie de pasos y recomendaciones que debes seguir para poder disponer de tu dinero de forma intangible.
Afiliados que no cuenten con acreditación de aportes obligatorios por al menos doce meses consecutivos (entre devengues de octubre del 2019 y setiembre del 2020).
Importante: no acceden aquellos afiliados que califiquen al Régimen Especial de Jubilación Anticipada por Desempleo.
- Primer desembolso de hasta 1 UIT: hasta 30 días calendario, contados desde el día siguiente de ingresada la solicitud ante la AFP.
- Segundo desembolso de hasta 1 UIT: hasta 30 días calendario, computados desde el día siguiente de efectuado el primer desembolso por la AFP.
- Tercer desembolso por el remanente hasta 4 UIT: hasta 30 días calendario, contados desde el día siguiente de efectuado el segundo desembolso por AFP.
Afiliados que no registren aportes acreditados en el mes de octubre de 2020 (devengue de setiembre 2020).
Importante: no aplica a beneficiarios de lo establecido en el artículo N° 1 de la Ley.
- En una sola armada: en un plazo máximo de 30 días calendario, contados desde el día siguiente de ingresada la solicitud ante la AFP.
(Fuente: SBS)