Diciembre es conocido por las fiestas de Navidad y Año Nuevo, pero en este mes también llega la segunda gratificación del año. En ese sentido, en esta nota te presentamos la información más resaltante sobre la 'grati'.
La primera gratificación se pagó en Fiestas Patrias y en los próximos días se efectuará el segundo pago y este por concepto por Navidad. Las empresas privadas y alguna de sector público tienen hasta la quincena de diciembre para depositarle la 'grati' a sus trabajadores.
Tu sueldo básico + asignación familiar (si lo tuvieses) + bono de 9% o 6.75% de tu salario, dependiendo del tipo de aseguradora que tengas (EsSalud o EPS).
Un ejemplo: Si tu sueldo básico es de S/ 1,200 y trabajaste solo tres meses, recibirás 3/6, lo que equivale a S/ 600, más el porcentaje extra por el seguro. Es así de sencillo.
¿Qué pasa si empecé a trabajar desde el 15 de agosto? Se le contabilizará septiembre, octubre y noviembre, y esto se le sumará una bonificación adicional de 9% o 6,75%.
Todas las empresas tienen como fecha límite el 15 de diciembre para depositarle a sus trabajadores el pago de concepto por Navidad.
Si el trabajador no laboró los seis meses completos, el cálculo se hará en función a los meses laborados. Es decir, si ingresó a trabajar el 15 de agosto solo serán computables los meses de setiembre, octubre y noviembre, a lo que se sumará la bonificación adicional de 9% o 6,25%.
Según la información brindada por Jorge Carrillo, profesor de la Pacífico Business School, si estuviste en suspensión perfecta de labores te tocará recibir una gratificación proporcional a los meses completos que hayan laborado en estos últimos 6 meses.