El último 27 de marzo, el Gobierno dio a conocer las restricciones que se adoptarán durante Semana Santa para evitar la propagación del coronavirus. De acuerdo a un Decreto Supremo publicado en El Peruano, el Ejecutivo oficializó la cuarentena total que regirá desde el 1 al 4 de abril.
Pero, ¿qué es lo que dice esta normativa? A fin de evitar el aumento de casos COVID-19, el gobierno peruano dispone la inmovilización social obligatoria y prohíbe el uso de autos particulares durante estos cuatro días de confinamiento.
"Desde el 01 hasta el 04 de abril de 2021, a nivel nacional, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios durante todo el día, estando prohibido el uso de vehículos particulares, pudiendo trasladase a pie o en bicicleta para la adquisición de productos de primera necesidad, medicinas y recojo de alimentos en restaurantes", detalla el Decreto Supremo.
En tanto, la normativa también da cuenta sobre las actividades económicas que sí están habilitadas de funcionar.
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias, con aforo según el nivel de alerta y atención desde las 04:00 hasta las 18:00 horas.
- Servicio de farmacias y boticas para entrega a domicilio (delivery) durante las 24 horas.
- Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery), desde las 04:00 hasta las 23:00 horas.
- Actividades vinculadas a la distribución de materiales educativos, realizadas por directivos, docentes, auxiliares, personal administrativo y contratistas.
Sí. El Gobierno ha informado —también en el Decreto Supremo— que el proceso de inoculación contra el coronavirus no se detendrá pese a la cuarentena.
"El proceso de vacunación contra la COVID-19 se continuará realizando en el referido periodo".
"Desde el 01 hasta el 03 de abril de 2021, se suspende el servicio de transporte interprovincial de personas por vía terrestre y aérea", detalla la normativa.