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Generar pase laboral: revisa cómo solicitar este permiso para trabajar

En las siguientes líneaste explicamos cómo ydónde solicitar el Pase Laboral. Además, revisaquiénes podrán tramitar este salvoconducto.

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Lima, Callao y otras ocho regiones más ingresaron a una cuarentena total desde este domingo 7 de febrero. Ante ello, el Gobierno dispuso que solo algunos trabajadores de actividades esenciales puedan movilizarse a sus centros de trabajo solicitando un Pase Laboral especial.

De acuerdo con la jefa del gabinete ministerial, Violeta Bermúdez, "las personas (del nivel extremo) que requieran salir a trabajar van a poder sacar su pase para circular en la página web del Ministerio del Interior. Estamos coordinando para que el pase tenga una duración semanal".

Conoce cómo poder solicitar este permiso especial, desde cuándo se podrá hacer y qué plataforma se pondrá a disposición del ciudadano o ciudadana para la generación del pase.

Solicitar Pase Laboral/Vehicular 2021

A continuación te dejamos la plataforma web del Ministerio del Interior, desde donde se podrá solicitar el pase laboral y/o vehicular para la cuarentena 2021 en el Perú.

- Coloca los datos que te piden, y listo.

Pase Laboral 2021: ¿quiénes pueden solicitar el salvoconducto?

A continuación te dejamos un listado de personas que podrán solicitar el pase laboral y/o vehicular.

  • Vehículos pertenecientes a los servicios de alimentación (adquisición, producción y abastecimiento) y distribución para la venta al público.
  • Vehículos pertenecientes al personal del sector salud.
  • Vehículos de las empresas dedicadas a los servicios de adquisición, producción y abastecimiento de medicinas.
  • Vehículos de las empresas dedicadas a garantizar los servicios públicos y de bienes y servicios esenciales que den continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, tecnología crítica indispensable, limpieza y recojo de residuos sólidos, o servicios funerarios.
  • Vehículos pertenecientes a los medios de comunicación y contratados para el transporte de personal de prensa escrita (distribución de periódicos y revistas), radial o televisiva; siempre y cuando se encuentren en el ejercicio de sus funciones.
  • Vehículos pertenecientes a las empresas de centrales de atención telefónica (call center) que atiendan servicios vinculados a la emergencia por COVID-19, debidamente acreditados.
  • Vehículos que realizan el servicio de traslado de choferes de transporte urbano masivo de pasajeros (Pro Transporte y línea 1 del tren eléctrico).
  • Vehículos que realizan el traslado del personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.
  • Vehículos de servicios de vigilancia de empresa privada y de transporte de dinero, valores y caudales, autorizados por SUCAMEC.
  • Vehículos dedicados al servicio de transporte de carga, mercancías y actividades conexas y servicios logísticos de apoyo al transporte de carga, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Incluye también aquellas actividades o servicios de comercio exterior necesarios para la importación y exportación de mercancías.
  • Vehículos para actividades de producción, abastecimiento o distribución de insumos para actividad agropecuaria o agraria, o venta y alquiler de maquinaria o servicios complementarios.
  • Vehículos de empresas dedicadas a pesca industrial (consumo humano indirecto), producción temporal, industrias de vidrio, forestal, papel y cartón, plásticos y hielo, ampliación de textil y confecciones, maquinaria y equipos e industria metalmecánica o de sustancias químicas básicas o almacenamiento de uno de los mismos.
  • Vehículos de personas que brinden servicios de mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares.
  • Vehículos del personal del Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Legislativo, y Sistema Financiero y Seguros, entre otros.
  • Vehículos del personal del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).

Importante: recuerda que, de alterar o mentir con la información que proporcionas a la web del Ministerio del Interior, el ente nacional podrá iniciar un proceso en tu contra.

Cuarentena 2021: casos en los que no es necesario el pase

Según detalla el Decreto Supremo que se publicó hoy en El Peruano, solo las personas que se requieran atención médica de emergencia o urgencia, no necesitarán del pase vehicular, pues tienen libre tránsito.

“Sin embargo, deberás movilizarte a una velocidad máxima de 30 km/hora y con las luces intermitentes e interiores encendidas. Si eres intervenido en esta situación, deberás mostrar tu documento de identidad y explicar tu situación a la autoridad”, señala la normativa.

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