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    Ecuador: Corte Constitucional despenaliza aborto por violación

    Ecuador da un paso importante en su lucha por los derechos al permitir la interrupción del embarazo en casos de violencia sexual.

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    Con siete votos a favor y dos en contra, la Corte Constitucional de Ecuador decidió aprobar la solicitud para despenalizar el aborto en caso de violación sexual. Con esto, el país consigue un importante paso en la lucha por los derechos de las mujeres.

    Con esta medida, han quedado sin efecto los artículos 149 y 150 del Código Penal relacionados con el aborto, los cuales fueron declarados inconstitucionales. 

    El organismo tomó en cuenta las siete demandas presentadas por las organizaciones feministas Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador, Fundación Desafío, Frente Ecuatoriano por la Defensa de los Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos, así como la Defensoría del Pueblo, las cuales presentaron sus alegatos, que fueron analizados por la Corte Constitucional para dar su veredicto.

    El objetivo principal de las organizaciones mencionadas era declarar inconstitucional el artículo 150 del Código Integral Penal, pues, según indicaron, iba en contra de los derechos de las niñas, mujeres y adolescentes. Según se lee en la antigua norma, el aborto solo puede darse si la vida de la mujer corre peligro o si se trata de una persona con discapacidad víctima de violencia sexual.

    Libero Impreso

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