El Poder Ejecutivo aprobó la ley que crea de forma automática y obligatoria una cuenta de ahorros en el Banco de la Nación con el número de Documento Nacional de Identidad (DNI) denominada Cuenta-DNI, que servirá para cobrar subsidios, entre otros.
De acuerdo a la Ley Nº 31120, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, esta cuenta —que opera en el entorno digital— será utilizada para el pago, devolución o transferencia de cualquier beneficio, subsidio, prestación económica o aporte que el Estado otorgue o libere para el titular; así como para otras operaciones que fomenten el acceso y uso de servicios financieros por parte de la población.
Cabe indicar que la creación de la Cuenta-DNI busca evitar que las personas hagan largas colas y se expongan a contagiarse en medio de la segunda ola del coronavirus.
"Para abrir la Cuenta-DNI, el Reniec remite al BN los datos personales del titular de la cuenta, necesarios para su identificación: nombres y apellidos completos, número del DNI y dirección", precisa la norma.
Cabe precisar que el Banco de la Nación es la entidad facultada para abrir la Cuenta-DNI sin necesidad de la celebración previa de un contrato ni aceptación por parte del titular de la cuenta.
Además, puede cerrar la Cuenta-DNI en caso detecte o disponga de indicios que la misma está siendo utilizada para eventos de fraude, corrupción o cualquier otra actividad ilegal.
Por último, las disposiciones transitorias de la norma señalan que el Ejecutivo reglamentará la ley en un plazo de 60 días y el Banco de la Nación implementará la Cuenta- DNI en un plazo no mayor de 180 días después de publicada la ley.