¿Venció tu DNI y aún no lo has renovado? A continuación sabrás que limitaciones tendrás como ciudadano y cómo poder tramitar nuevamente tu documento de identidad vencido antes del 31 de diciembre, plazo máximo para volver a expedir tu pase físico o virtual.
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Como se sabe, el DNI es obligatorio para poder efectuar gestiones de carácter público y privado, además de identificarnos con nuestras autoridades; participar actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales, electorales y más,
Lo anterior ya no sería posible de hacerlo sino renovamos el documento hasta el 31 de diciembre, según la Resolución Jefatural N° 000160-2021/JNAC/RENIEC.
El primer impedimento es no poder realizar trámites en entidades estatales y privadas. Desde el 1 de enero de 2002 no podrás hacer trámites en bancos, pues requieren DNI vigente para efectuar retiros en ventanilla, solicitar préstamos, recibir remesas o bonos del Estado.
A su vez, tampoco podrás ejecutar gestiones en Municipios; firmar contratos, así como tramitar tu boda o divorcio. Los trámites en notarías y en el Poder Judicial también te serán negados por no tener tu Documento de identidad vigente.
Si tu DNI está por vencer en menos de 60 días o ya caducó, deberías iniciar el proceso de renovación, así mismo, aprovechar si puedes modificar datos importantes como tu domicilio, estado civil o donación de órganos.
Para renovar el documento de identidad, puedes hacer el trámite presencia y virtual.
Puedes realizar el pago en las agencias del Banco de la Nación, BCP o a través de págalo.pe. Así también, en las oficinas de Reniec a través de POS. Ante de ello, deberás contemplar la nueva foto para tu DNI, esta debe tener estas características:
Renovar el DNI es imperativo cada 8 años desde la fecha de emisión, sea para el documento de identidad azul o DNIe (Documento de identidad electrónico). Desde los 60 años de edad, los DNI ya no tendrían fecha de caducidad.