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Pase vehicular: Policía aplicará multa de hasta S/ 6300 y retirará brevete a conductores que no tengan el permiso

Nuevo pase vehiculares de carácter obligatorio y aquellos que no lo portencometerán una falta muy grave. Gobierno intenta regular masiva circulación de autos en plena cuarentena.

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Pase vehicular Coronavirus en el Perú. El Gobierno puso en vigencia el nuevo pase vehicular para los trabajadores que cuentan ya con un pase laboral. El pase vehicular permite la circulación de trabajadores autorizados con sus vehículos particulares durante la cuarentena por la pandemia del coronavirus covid-19.

¿Puedo usar el pase vehicular sin el paso laboral?

El Gobierno precisa que solo tienes permitido usar tu vehículo particular para dirigirte a tu centro laboral, llevando este pase impreso en la parte delantera del auto, es decir, pegado en el parabrisas. Además del pase vehicular, el personal policial o militar encargado de los controles, solicitará el pase laboral vigente del trabajador, DNI, fotocheck, además del brevete y tarjeta de propiedad.

El personal de la PNP o las FFAA te solicitará documentación adicional (constancia de trabajo, carta del empleador, documentos de tratamiento médico, etc.) para validar que la información consignada en el pase laboral es la verdadera. Si descubren que la información es falsa, incurrirás en un delito penal y se te negará el pase. Si las autoridades determinan que utilizaste el pase laboral de forma indebida, se invalidará inmediatamente.

Generar pase laboral

En un comunicado, los ministerios del Interior y de Defensa detallaron que el Pase Laboral seguirá rigiendo conforme a lo estipulado. Aquella personas que ya cuenten con el documento podrán gestionar el nuevo pase vehicular para poder desplazarse en autos particulares. Lo que busca el Gobierno con la medida es un mayor control de la circulación de los vehículos mientras dure la cuarentena, la cual acabará el 10 de mayo. En los últimos días se ha visto un marcado incremento de autos en las calles de las diversas ciudades del Perú.

Link para generar mi nuevo pase vehicular

El pase vehicular se podrá gestionar desde la página web https://www.gob.pe/paselaboral, tras la renovación del Pase Laboral.

Esta medida busca un mayor control de la circulación de los vehículos ante el incremento de los mismos en las calles del Perú. Sin embargo, el Gobierno exhortó a que los ciudadanos cumplan con los requisitos al momento de salir con este pase. 

¿Qué pasa si salgo con mi auto y no tengo el pase vehicular?

La Policía Nacional del Perú ha comunicado que los ciudadanos que salgan a las calles con sus vehículos particulares sin haber tramitado su pase vehicular, recibirán una multa de hasta 6,300 soles. Además de ello, se procederá a la retención del brevete del ciudadano infractor y de la tarjeta de propiedad del auto. Lo que busca la Policía Nacional es asumir medidas drásticas e inflexibles a fin de evitar el gran flujo de autos particulares registrado en los últimos días, pese a las restricciones impuestas por el Gobierno para evitar la propagación del coronavirus.

Según el Decreto Supremo N° 006-2020-IN, publicado el 15 de abril en el diario oficial El Peruano, circular con vehículo de uso particular sin autorización es considerada una falta grave. Los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía están facultados para retener la tarjeta de propiedad y la licencia de conducir, además de imponer hasta una multa M41, equivalente a 6.300 soles.

Debes tener en cuenta que para la adquisición de productos alimenticios, compra de medicamentos o realizar transacciones financieras, solo podrá hacerlo una persona por familia y no está permitido el empleo de vehículos particulares.

De acuerdo al Decreto Supremo N° 006-2020-IN, publicado el 15 de abril en el diario oficial El Peruano, circular con vehículo de uso particular sin autorización es considerada una falta grave, por lo que se impone una multa de S/ 344 (8 % UIT).

Según el Decreto Supremo Nº 006-2020-IN, existen 11 tipos de infracciones y se aplicarán las multas desde el 2 % de la UIT (86 soles) hasta el 10% de la UIT (430 soles).

. Las infracciones son por desarrollar actividades económicas no consideradas esenciales como alimentos, farmacia y otros (301 soles o 7% de la UIT).

. Circular por la vía pública para la realización de actividades que no estén contempladas en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM (215 soles o 5% de la UIT).

¿Cuánto tiempo tengo de plazo para cancelar mi multa por incumplir el estado de emergencia?

Hay un plazo máximo para que el infractor pueda pagar dicha sanción, esto según el Decreto Supremo es de cuatro días.

¿Dónde se debe pagar la multa por incumplir el estado de emergencia?

El Banco de la Nación informó que las multas por incumplir la emergencia sanitaria ya pueden pagarse a través de Págalo.pe.

Así, la entidad financiera del Estado informó que dichas multas ya no se pagarán en las agencias, sino utilizando esta herramienta digital, evitando así aglomeraciones y desplazamientos a las agencias del Banco. Si no tiene tarjeta, puede elegir la opción “Pagar con efectivo” y podrá pagar en cualquier Agente MultiRed cercano a su casa.

Duración del pase vehicular

El documento será vigente por cuatro días, luego de ese tiempo podrás renovarlo. Recuerda llevarlo siempre cuando necesites trasladarte y muéstralo con tu documento de identidad cuando te lo soliciten. Solo podrás usarlo desde las 5:00 a. m. a 6:00 p. m., ya que luego de ese horario rige la inmovilización social obligatoria.

Requisitos y condiciones del pase vehicular y pase de laboral:

1. El Pase Laboral seguirá rigiendo de acuerdo a las normas estipuladas mientras dure el Estado de Emergencia. Cabe indicar que este pase NO autoriza el uso de vehículos particulares.

2. Aquellas personas que ya cuenten con el Pase Laboral y requieran trasladarse en vehículos, podrán gestionar un Pase Vehicular en el mismo enlace del Pase Laboral, luego de la renovación respectiva, ingresando su número de placa, y se aplicará solo para los siguientes casos:

a. Vehículos pertenecientes a los servicios de Alimentación (Adquisición, producción, abastecimiento) y distribución para la venta al público.b. Vehículos pertenecientes al personal del sector Salud.c. Vehículos pertenecientes a las empresas dedicadas a los servicios de adquisición, producción y abastecimiento de medicinas.d. Vehículos pertenecientes a las empresas dedicadas a garantizar los servicios públicos y bienes y servicios esenciales que den continuidad a los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos.e. Vehículos pertenecientes a los medios de comunicación y empresas de distribución de periódicos y revistas, siempre y cuando se encuentren en ejercicio de sus funciones o para el traslado de sus domicilios a su centro de labores.f. Vehículos pertenecientes a las empresas de centrales de atención telefónica (call center), solo para servicios vinculados a la emergencia COVID-19 y debidamente acreditados.

g. Vehículos que realizan el servicio de traslado de choferes de Transporte Urbano Masivo de pasajeros.h. Vehículos que realizan el traslado del personal de Serenazgo y Fiscalización de los Gobiernos Locales.i. Vehículos del servicio de transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.j. Vehículos que transportan caudales hasta las 20:00 horas.k. Vehículos del personal del Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Legislativo, y Sistema Financiero y Seguros.

3. Aquellas personas que transiten en vehículo, además de llevar el Pase Vehicular visible en el parabrisas delantero, deberán portar su Pase Personal Laboral, su fotocheck y su DNI.

4. Los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Instituto Nacional Penitenciario y Bomberos en ejercicio de sus funciones podrán circular con vehículos particulares debidamente identificados.

5. Las personas que requieren asistir a establecimientos de Salud para atención médica de emergencia por encontrarse en grave riesgo, podrán circular con su vehículo particular.

6. Durante la inmovilización social obligatoria y en casos de emergencia, los vehículos deberán transitar con las luces interiores e intermitentes encendidas, a una velocidad no mayor de 30 km/h. 

7. Para la adquisición de productos alimenticios, compra de medicamentos o realizar transacciones financieras, solo podrá hacerlo una persona por familia y NO está permitido el empleo de vehículos particulares.

Algunas precisiones:

Durante el Estado de Emergencia, se limita la libertad de tránsito. Sin embargo, si trabajas en servicios de salud, producción, abastecimiento, almacenamiento o distribución de productos de primera necesidad, servicios públicos, financieros, telecomunicaciones deberás solicitar un Pase especial laboral para trasladarte solo desde tu domicilio hacia tu centro de trabajo.

Se han detectado personas que utilizaron información falsa para solicitar pases. Esto es un delito, por lo que serán denunciadas ante las autoridades.

Toma nota:

- Sé responsable y haz uso consciente de este pase.

- Toma en cuenta que el pase solo te permite trasladarte a tu centro de trabajo.

- Ten en cuenta que el Gobierno ha restringido el uso de vehículo particular solo para ciertos casos.

- Ten presente que no necesitas este documento si debes asistir a clínicas y hospitales debido a una emergencia o urgencia médica.

-  No requieres el permiso especial para realizar compras de productos de primera necesidad. Para esto solo necesitas tu documento de identidad físico y un recibo de servicios, solo si tu dirección actual no coincide con la de tu documento. El uso de mascarilla es obligatorio en los establecimientos de venta de alimentos tales como mercados, supermercados, bodegas y otros donde haya gran cantidad de personas.

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