Si tienes una green card condicional y te divorcias, puedes continuar tu proceso migratorio. El Formulario I-751 conserva tu residencia permanente.
Divorciarse en Estados Unidos puede impactar legalmente tu situación si es que se ha obtenido beneficios migratorios a través del matrimonio. En estos casos, muchas personas que han obtenido la Green Card por este medio suelen dudar sobre su estatus migratorio, como actuar y qué opciones tienen para permanecer en el país estadounidense.
Si una persona ha obtenido la Green Card de 2 años por matrimonio y se divorcia, debe tener en cuenta que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) permite que se siga el proceso migratorio, pero es importante que se actúe con tiempo y cumplir los requisitos solicitados.
La residencia permanente condicional se otorga cuando el matrimonio tiene menos de dos años al momento de aprobar la residencia. Además, esta tarjeta caduca en dos años, y para que se mantenga el estatus, se debe eliminar las condiciones presentando el Formulario I-751.
Si te divorcias, puedes presentar el Formulario I-751 por tu propia cuenta en estos casos:
En estas situaciones, se puede pedir una exención de la presentación conjunta, siempre que se demuestre que el matrimonio fue auténtico y no fraudulento.
Si no se presenta el formulario a tiempo, existe un plazo de 90 días antes del vencimiento de la tarjeta para presentar el Formulario I-751. Si se hace fuera de tiempo, se debe incluir una carta explicando la causa del retraso, y USCIS decidirá si la razón es válida. En caso no lo hace pasará lo siguiente:
Si hay algún hijo que recibió la residencia condicional por separado, debe presentar su propio Formulario I-751 si pasaron más de 90 días desde que los padres la obtuvieran. Además, si la Green Card se obtuvo a través del matrimonio y ya comenzó el proceso de divorcio o ya se divorció, USCIS permite solicitar una exención del requisito de presentación conjunta del Formulario I-751, el cual sirve para eliminar las condiciones de residencia permanente condicional.