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    Feriado 1 de mayo: revisa AQUÍ las restricciones por el Día del Trabajador en Perú

    Conoce las restricciones en los niveles extremo, muy alto y altoque se aplicaráeste 1 de mayo que se conmemora el Día del Trabajador.

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    Desde el inicio de la pandemia, el Gobierno ha venido dando una serie de medidas como el toque de queda o la inmovilización social obligatoria para evitar el contagió de la COVID-19 en el país.

    Por tal motivo, en el Decreto Supremo 076-2021-PCM, esta estipulado que el toque de queda empiece a regir desde las 9:00 p.m. del sábado y finalice a las 4:00 a.m. del domingo.

    Para más detalles, Líbero te contará en esta nota cuáles son las restricciones que regirán en este 1 de mayo que se conmemora el Día del Trabajador a nivel nacional.

    Provincias con nivel de alerta extremo

    Las regiones con nivel de alerta extremo, entre ellas Lima y Callao, cuentan de lunes a viernes con un toque de queda que empieza a regir desde las 9:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. del día siguiente.

    Además, los domingos hay una inmovilización social obligatoria durante todo el día.  El transporte interprovincial terrestre tiene un funcionamiento con del 50% al 100 % del aforo establecido.

    El aforo para lugares cerrados como casinos, tragamonedas, tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamento, templos, lugares de culto y artes escénicas en espacios abiertos es de un 20%, mientras que en restaurantes y afines que cuenten con zonas internas de ventilación junto a actividades de clubes y asociaciones deportivas es de un 30 %.

    Asimismo, peluquerías, spa, barberías, banco, entidades financieras, tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias cuentan con un aforo del 40 %.

    No se encuentran permitidos el uso de playas, eventos masivos, carnavales, fiestas costumbristas y reuniones tanto en espacios abiertos como cerrados.

    Provincias con nivel de alerta muy alto

    Son 47 las provincias que se encuentran en este nivel de alerta. En todas estas regiones se pueden movilizar de lunes a domingo sin restricciones. El toque de queda empieza a partir de las 9:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. del día siguiente

    En el transporte interprovincial terrestre esta permitido el aforo del 50% al 100 %, según las disposiciones de viajes terrestres durante el estado de emergencia nacional. Además, los vehículos particulares se encuentran prohibidos de circular los días domingo.

    Los bancos, entidades financieras, tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias cuentan con un 50% del aforo.

    Las actividades de clubes y asociaciones deportivas como también bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales, galerías, restaurantes y afines con zonas internas de ventilación, cuentan con un aforo permitido del 40%.

    En el caso de los casinos, tragamonedas, gimnasios, cines, artes escénicas, tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamento, templos y lugares de culto tienen un aforo del 30%.

    Esta prohibido el de eventos masivos, carnavales, fiestas costumbristas, uso de playas y reuniones en espacios abiertos y cerrados.

    Provincias con nivel de alerta alto

    La única provincia que esta en este nivel es Loreto, donde el transporte interprovincial es de manera libre y el toque de queda inicia a las 10:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. del día siguiente.

    Los bancos, entidades financieras, tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias cuentan con un aforo del 60%.

    En el caso de las actividades de clubes y asociaciones deportivas en espacios cerradas, como también bibliotecas, museos monumentos arqueológicos, centros culturales, galerías y centros de comida cuentan con el 50% de su aforo. Además, en el caso de restaurantes y zonas afines, el delivery esta permitido desde las 4:00 a.m. hasta las 11:00 p.m.

    Los templos, lugares de culto, tiendas en general, tragamonedas, gimnasios, cines, artes escénicas, tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento tienen un aforo del 40%.

    No se encuentran permitidos los eventos masivos, carnavales, fiestas costumbristas ni las reuniones tanto en espacios abiertos como cerrados.

    Asimismo, se encuentra permitido el uso de playas, ríos, lagos o lagunas, bajo estricto respeto de las normas emitidas por la Autoridad Nacional Sanitaria.

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