Le salió caro. Un cliente denunció ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) que la empresa Tambo no aceptó uno de sus billete de 50 soles, ello provocó que la entidad decidiera multar a la tienda con 10 Unidades Positivas Tributarias (UIT).
Al respecto, el comprador hizo de conocimiento en aquella acusación que la tienda le impuso muchas restricciones al hacer efectivo su pago, situación que no debería haber ocurrido pues el importe del billete no es uno de los requisitos para cancelar un producto.
¿En qué se fundamentó la sanción? En ese sentido la entidad manifestó que se sustenta en que dicha marca cometió una infracción de idoneidad, aquel termino corresponde cuando el consumidor no procesa una compra a pesar que el pago se lleva a cabo con una moneda válida.
En consecuencia, Indecopi manifestó que realizó las investigaciones del caso, verificando el número de serie del billete, deterioro así como otros detalles que puedan certificar dicha denuncia contra la empresa.
Por el lado de Tambo, la cadena nacional sostuvo que su defensa se basa en que "la conducta debe estar tipificada de manera expresa e inequívoca", confirmando así que en ningún momento incumplieron el reglamento.
Para más información ingresa a Líbero.pe