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Este es el bono extra que cobrarás en la gratificación de julio 2025 si estás afiliado a EsSalud

Si estás asegurado a EsSalud y te corresponde recibir la gratificación por Fiestas Patrias, conoce cuál es el monto adicional que cobrarás antes del 15 de julio.

Los afiliados cobrarán un monto adicional con el pago de la gratificación por Fiestas Patrias 2025.
Los afiliados cobrarán un monto adicional con el pago de la gratificación por Fiestas Patrias 2025. | Composición: Líbero/ Angie de la Cruz

El pago de la gratificación de julio del 2025 está a la vuelta de la esquina y los trabajadores del sector privado están más que felices con este monto que llega para solventar gastos, ahorrarlos o realizar cualquier actividad, según disponga el empleado. En medio de lo que será el próximo depósito, es importante precisar que los afiliados al Seguro Social de Salud (EsSalud) accederán a un bono extraordinario.

Los asegurados a EsSalud gozarán de la entrega de un sueldo más el aporte del 9% adicional, que corresponde a la afiliación del trabajador a su seguridad social, pero que esta vez, será abonado de manera directa por concepto de la gratificación por Fiestas Patrias. En caso de las Empresas Prestadoras de Salud, corresponde la bonificación del 6,75%.

  • Bono extra de EsSalud: 9%
  • Bono extra de EPS: 6,75%

La gratificación por Fiestas Patrias llega con un bono extra para afiliados de EsSalud.

Es importante precisar, que este 9% no se descuenta al trabajador, sino que se entrega como una bonificación extraordinaria, ya que durante la gratificación el empleador no paga el aporte regular a EsSalud, por estar exonerado según la Ley N.° 30334.

Apliquemos lo explicado en un ejemplo sencillo. Si en caso un empleado reciba un sueldo bruto mensual de S/ 2,000, y ha trabajado todo el semestre, de enero a junio 2025, el monto del Bono EsSalud (9%), correspondería a S/ 180. Por lo que la cifra total a recibir será de S/ 2,180.

¿Cuándo pagan la gratificación de julio 2025?

La gratificación de julio 2025 debe ser pagada por los empleadores a más tardar el 15 de julio, así lo establece la Ley N.º 27735. Si el empleador no cumple con este plazo, incurriría en una infracción laboral considerada grave por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), lo que podría generar sanciones económicas.

Este pago corresponde a un sueldo íntegro si el trabajador ha laborado el semestre completo que se indica, de enero a junio de 2025. En caso de que haya trabajado solo algunos meses, se le pagará un monto proporcional a dicho tiempo.

Angie De La Cruz

Redactora en Líbero, sección Ocio y México. Periodista de la Universidad Jaime Bausate y Meza. Cuenta con 3 años de experiencia en contenido digital.

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