Este mes de junio ha comenzado, y los ciudadanos se preguntan cómo se han establecido los días no laborables, para organizar sus planes personales.
¡Bienvenido, junio! El sexto mes del año acaba de inaugurarse, por lo que ya genera expectativa en los ciudadanos al querer conocer si habrá o no días no laborables que puedan ser considerados para descansar de las jornadas laborables, ya que ya hay algunos feriados establecidos.
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Como se sabe este sábado 7 se estará celebrando el Día de la Batalla de Arica y Día de la Bandera, además el siguiente feriado es el domingo 29 de junio en honor a San Pedro y San Pablo, por el origen de los apóstoles Simón Pedro y Pablo de Tarso.
En este contexto, es necesario conocer si alguna de las fechas cercanas ha sido considerada como día no laborable por el Gobierno del Perú. Asimismo, se debe tener en cuenta qué otras han sido declaradas como tal.
Recientemente se ha anunciado mediante el Diario Oficial El Peruano, que el Decreto de Alcaldía 003-2025-MPP declara el día lunes 2 de junio como día no laborable exclusivamente en la provincia de Purus, en Ucayali, con motivo de su 43 aniversario de creación.
No. De acuerdo a lo informado, no han sido decretados días adicionales a los feriados, por lo cual solo se considerará las fechas ya determinadas.
En un día no laborable su pago es como el del salario simple. El triple pago se otorga solo en feriados, por el concepto de remuneración por el feriado: monto incluido en el salario habitual, segunda remuneración por la labor efectuada: pago adicional por jornada realizada y una tercera remuneración por trabajar en feriado: por haber laborado en día feriado.