Desde este lunes 13 de mayo se podrá llevar a cabo la devolución de impuestos en SUNAT y por ello es importante conocer todos los datos oficiales.
Únete a nuestro canal de WhatsAppLa Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que desde este 13 de mayo ya se puede acceder al procedimiento de declaración anual que favorecerá a que los contribuyentes puedan cumplir eficazmente con sus respectivas tareas tributarias.
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De acuerdo con lo que se informó hace algunos meses, desde este lunes estará disponible el formulario en línea, un documento esencial para la Declaración Jurada Anual de Renta 2023 para personas naturales.
Los ciudadanos que quieran hacer esta acción de forma online deberán tener a la mano su RUC y clave SOL e ingresar a la web de la Sunat para seguir el paso a paso. Luego en un plazo máximo de 45 días hábiles, se recibirá una notificación del resultado en el buzón electrónico SOL.
Por otro lado, aquellos que prefieran llevar a cabo la solicitud de forma presencial, deberán aproximarse al Centro de Servicios al Contribuyente (CSC) de la Sunat más cercana a sus hogares y solicitar el Formulario N° 4949 para completarlo y firmarlo.
Existen dos formas de poder generar esta solicitud, y es que la primera es con el Formulario Virtual N° 710: Renta Anual - Simplificado – Tercera Categoría. Este caso solo lo deben utilizar la persona que durante el ejercicio gravable a declarar hubiera generado rentas o pérdidas de tercera categoría como contribuyentes del Régimen General del Impuesto o del RMT.
Asimismo, también está el Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF, el cual consta de que el individuo durante el ejercicio gravable a declarar hubiera generado rentas o pérdidas de tercera categoría como contribuyentes del Régimen General del Impuesto.
La declaración anual 2023 con el Formulario Virtual N° 709 está ya activa para todos aquellos interesados, pues a partir de la fecha mencionada anteriormente, se podrá presentar la documentación respectiva, pero, ¿cuánto tiempo tendrá de vigencia?
No obstante, como en todo trámite se debe tener en cuenta que como máximo se podrá hacer esto hasta el día del vencimiento, según el último dígito de tu RUC de acuerdo al siguiente cronograma que te presentaremos a continuación.
Se dio a conocer que está activo el portal especializado renta.sunat.gob.pe para cualquier consulta respecto a los temas en mención. También pueden comunicarse con la Central de Consultas Telefónicas al 0-801-12-100 o (01) 315-0730 de lunes a viernes de 8:30 am a 6:00 pm