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Bono Escolaridad 2022: ¿cómo saber si aún puedo acceder al subsidio de 400 soles?

Por medio de la siguiente nota consulta si aún puedes cobrar los 400 soles en marzo y por cuál vía hacerlo.

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Bono Escolaridad 2022: consulta si aún puedes acceder al subsidio de 400 soles | Carlos Contreras | La República

La entrega del Bono Escolaridad 2022 se dio en enero pasado a fin de ayudar económicamente a los trabajadores del sector público con hijos en etapa escolar. Muchos padres de familia no saben si ya recibieron el bono o si aún pueden cobrar los 400 soles.

Es por ello que en la siguiente nota te indicamos si aún puedeS cobrar el Bono Logro Escolaridad 2022 y cuáles son los requisitos para acceder al mismo. Cabe mencionar que el bono fue aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Sin más preámbulos, aquí te dejamos toda la información necesaria sobre el Bono Escolaridad, que busca hacer frente a la crisis económica a causa de la pandemia por la COVID-19.

¿Cómo saber si ya pagaron el Bono Escolaridad?

La entrega del Bono Escolaridad se dio en enero entre las fechas del 17 y 18 del mismo mes. El pago debe figurar en sus boletas; sin embargo, los beneficiarios todavía pueden cobrar el bono acercándose a la ventanilla del Banco de la Nación.

Bono Logro Escolaridad: ¿qué requisitos debo cumplir?

  • Uno de los requisitos es esta laborando a la fecha de vigencia de la presente norma, o en descanso vacacional o licencia.
  • Deberás estar trabajando con una antigüedad no menor de tres meses a la fecha prevista, de lo contrario, se te abonará un proporcional.

Bono Escolaridad 2022: ¿Quiénes lo reciben?

  • Docentes universitarios a los que se refiere la Ley Nº 30220.
  • El personal de la salud del Decreto Legislativo Nº 1153.
  • Los obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas.
  • Personal de la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.
  • Los trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada también percibirán la bonificación por escolaridad.
  • Los servidores penitenciarios.
  • Los auxiliares de educación nombrados y contratados en las instituciones educativas públicas.
  • Los jueces del Poder Judicial y fiscales del Ministerio Público.
  • Los jueces supernumerarios del Poder Judicial. Los fiscales provisionales que no se encuentran en la carrera fiscal del Ministerio Público

Para más información en Líbero.pe.