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Bono Techo Propio: requisitos para acceder al aumento de S/ 56.710 soles del Ministerio de Vivienda

El Ministerio de Vivienda peruano está a poco de incrementar el monto del Bono Familiar Habitacional a 10,6 UIT, haciendo más interesante tener vivienda propia.

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El programa Techo Propio es uno de los más longevos que impulsa el Estado peruano, el cual data de los primeros años de los 2000's.
El programa Techo Propio es uno de los más longevos que impulsa el Estado peruano, el cual data de los primeros años de los 2000's. | Composición Libero

Con miras al 2025, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) planea mejorar el monto que paga el Bono Techo Propio que, de aprobarse, podría alcanzar hasta los S/ 56,710 soles.

Y es que el programa Techo Propio es de esos pocos programas que han tenido continuidad en el tiempo desde los primeros años de la década de los 2000’s para que las familias puedan acceder, con tasas preferenciales, al sueño de tener la soñada casa propia.

Bono Techo Propio: nuevo aumento del Ministerio de Vivienda

Los beneficiarios directos serán quienes se encuentren en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva (AVN), enfocado a familias que buscan ser dueños de su propio hogar. Es por ello que el MVCS ha elaborado un nuevo proyecto de resolución y reglamento que el bono habitacional familiar tenga un alza a las 10,6 UIT, lo que dan S/ 56,710 soles.

El ministerio en mención enmarca el acceso al Bono Familiar Habitacional (BFH) en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva (AVN) dentro del programa Techo Propio, a la vez de incluir los requisitos que las familias interesadas deben cumplir para ser beneficiario del Bono Familiar Habitacional.

El Bono Techo Propio es impulsado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

¿Requisito para acceder al Bono Techo Propio?

A continuación, vamos a detallar los requerimientos que las familias deben cumplir para ser beneficiarios de este bono para cumplir el sueño de la casa propia:

  • Constituir un grupo familiar.
  • Tener un ingreso familiar mensual máximo.
  • No haber recibido apoyo habitacional del Estado previamente.
  • No ser dueño de vivienda, terreno o aires independientes.
  • El grupo familiar debe estar constituido por una persona y, al menos, un familiar con grado de parentesco llegue hasta el segundo grado de consanguinidad y vivan juntos.
  • Un hogar compuesto por una familia nuclear, que esté conformado por un núcleo primario de dos personas casadas o convivientes sin impedimento matrimonial con o sin hijos.
  • Tener una familia ensamblada, o sea, donde uno o ambos miembros sin impedimento matrimonial tiene uno o más hijos de uniones anteriores.
Joel Dávila

Redactor de Líbero, sección Ocio. Periodista de la Universidad Jaime Bausate y Meza, con mas de 13 años de experiencia en contenido digital, periodismo institucional y redacción SEO.

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