0

    Coronavirus en México, minuto a minuto: 1378 infectados y 37 muertos hoy miércoles 1 de abril

    Últimas noticias y cifras EN VIVO de los casos de infectados de coronavirus en México. Reporte actualizado de este 1 de abril.

    Únete a nuestro canal de WhatsApp

    Coronavirus | México registra hasta el momento 1,378 casos de COVID- 19 y 37 fallecidos. Así lo confirmaron las autoridades y medios de comunicación de dicho país.

    Asimismo, el presidente Manuel López Obrado inauguró el Hospital Rural Tlaxiaco, desde Oaxaca. Además, el mandatario exhortó a los ciudadanos a seguir las indicaciones de los médicos. "Hay que actuar con responsabilidad. Está de por medio la salud del pueblo", señaló.

    La confianza de los empresarios mexicanos de distintos sectores como el manufacturero, la construcción, el comercial o los servicios privados no financieros sigue su desplome y en el mes de marzo se situó en un máximo de 45 puntos en el inicio de la crisis ocasionada por la COVID-19.

    Según los indicadores de confianza empresarial del mes de marzo, divulgados este miércoles por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), empresarios del sector manufacturero tienen una confianza de 44,4 puntos sobre 100, siendo 8,4 puntos menor que en el mismo mes de 2019.

    Últimas noticias de hoy coronavirus en México

    Minuto a minuto.

     

    Mapa de coronavirus en México en tiempo real

    Todas las ciudades de México.

    Miércoles 1 de abril

    Sigue todas las noticias con información actualizada.

    - 8:00 p.m. Se registra que en la Ciudad de México es el estado con más casos positivos (296).  Le sigue el Estado de México (157) y Jalisco (99).

    - 7:00 p.m. La cifra de infectados con coronavirus se eleva a 1,378 y 37 fallecidos.

    - 6:00 p.m. Consejo de Salubridad General brinda nuevas disposiciones para luchar contra el coronavirus

    - 5:00 p.m. Presidente Manuel Lopez señala que ya se aplican las medidas preventivas para evitar el contagio

    - 8:00 a. m. El All England Tennis Club ha especificado que la edición número 134 de Wimbledon, que corresponde al año 2020, se celebrará entre el 28 de junio y el 11 de julio de 2021. La cancelación por el brote de coronavirus en el país británico no ocurre desde hace 75 años, cuando fue el inicio de la Segunda Guerra Mundial que se desarrolló entre 1940 y 1945.

    7:00 a. m. La confianza de los empresarios mexicanos de distintos sectores como el manufacturero, la construcción, el comercial o los servicios privados no financieros sigue su desplome y en el mes de marzo se situó en un máximo de 45 puntos en el inicio de la crisis ocasionada por la COVID-19.

    Según los indicadores de confianza empresarial del mes de marzo, divulgados este miércoles por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), empresarios del sector manufacturero tienen una confianza de 44,4 puntos sobre 100, siendo 8,4 puntos menor que en el mismo mes de 2019.

    Esa caída pronunciada en el sector se acentúa más en lo referente a la inversión, ya que el índice de los que creen que es un momento adecuado para invertir no pasa de los 32,2 puntos, una caída de 15,3 unidades respecto a marzo del año pasado y de 5,2 frente al mes anterior.

    El Gobierno de México decretó este lunes la emergencia nacional y el cese de actividades no esenciales por la pandemia del coronavirus, que ya ha contagiado a 1.215 personas en el país y ha dejado 29 muertos.

    El índice de confianza mejor parado en el estudio es el del comercio, pese a que pierde 8,5 puntos en comparación a 2019 y 4,3 respecto a febrero, situándose en 45,3 unidades.

    - 6:30 a. m. María Cortés, una de las parteras de este colectivo, explicó a la agencia EFE que se dieron cuenta que el incremento de contagios en el país podría provocar miedo en las mujeres al tener que ir a los hospitales y podría afectar de alguna u otra manera el parto.

    "Se nos ocurrió que tal vez habría mujeres que quisieran tener la posibilidad de parir fuera del hospital, y para colaborar también a bajar el número de personas en estos, abrimos esta posibilidad para que tuvieran una alternativa segura y reducir el riesgo de contagio", explicó la mujer, con nueve años de experiencia.

    Portadas de diarios de México hoy 1 de abril

    - 6:00 a. m. El Universal.

    - Excelsior.

    - La Reforma.

    - Milenio.

    Número de infectados por coronavirus en México

    Infectados: 1215Fallecidos: 29Recuperados: 47

    Casos de coronavirus en México: 1 de abril

    Ciudad de México: 234Estado de México: 150Nuevo León: 115Jalisco: 98Puebla: 82Yucatán: 49Quintana Roo: 47Guanajuato: 46Coahuila: 53Tabasco: 48Aguascalientes: 38Querétaro: 29Veracruz: 27Baja California: 35San Luis de Potosí: 27Sinaloa: 27Michoacán: 22Hidalgo: 19Sonora: 18Oaxaca: 14Guerrero: 18Baja California Sur: 13Chiapas: 13Tamaulipas: 11Durango: 7Morelos: 7Chihuahua: 8Nayarit: 7Zacatecas: 6Tlaxcala: 4Campeche: 5Colima: 2

    Muertes confirmadas por coronavirus en México por estado

    - Ciudad de México: 8- Jalisco: 3- Sinaloa: 3- San Luis de Potosí: 3- Hidalgo: 3- Durango: 1- Michoacán: 1- Quintana Roo: 1- Coahuila: 1- Morelos: 1- Puebla: 1- Estado de México: 1- Oaxaca: 1- Querétaro: 1- Veracruz: 1

    ¿Cuántos casos de coronavirus hay en Michoacán?

    - 22 son los casos confirmados- 32 los casos sospechosos- 140  los casos que han dado negativo- 1 defunción hasta el momento- 2 personas recuperadas

    Mapa del Coronavirus EN VIVO HOY

    Ver mapa.

    Coronavirus Pandemic COVID 19 Live World Map Count

    Mapa.

    Mapa en tiempo real de casos de Coronavirus en todo el mundo

    Actualizado.

    Coronavirus en España y el reporte de infectados en el mundo

    Reporte actualizado. Países con más casos de coronavirus en todo el mundo.

    PaísInfectadosMuertesRecuperados
    1. Estados Unidos132,8932,3584,378
    2. Italia97,68910,77913,030
    3. China81,4393,30075,448
    4. España78,7996,60614,709
    5. Alemania60,6594829,211
    6. Irán38,3092,64012,391
    7. Francia37,5752,3145,700
    8. Inglaterra19,5221,228135
    9. Suiza14,8293001,595
    10. Holanda10,866771250

    Número de casos de coronavirus en Sudamérica

    Reporte actualizado. Países con más casos de coronavirus en Sudamérica.

    PaísInfectadosMuertesRecuperados
    1. Brasil3,9041176
    2. Chile2,139775
    3. Ecuador1,890    573
    4. Perú8521872
    5. Argentina7451916
    6. Colombia608610
    7. Uruguay30410
    8. Venezuela119239
    9. Bolivia8110
    10. Paraguay5631

    Casos de coronavirus en Estados Unidos y México

    Estados Unidos, México y otros países del Caribe.

    PaísInfectadosMuertesRecuperados
    Estados Unidos132,8932,3584,378
    Panamá901174
    República Dominicana859393
    México848164
    Costa Rica29523
    Cuba13934
    Honduras11023
    Trinidad y Tobago7631
    Guatemala34110
    Jamaica3212
    El Salvador2400
    Nicaragua410

    ¿Cuántos casos de coronavirus hay en todo el mundo?

    Cifra actualizada al instante.

    Noticias de México hoy miércoles 1 de abril

    La Comisión de Seguros y Fianzas de México (CNSF) recomendó este martes a instituciones de su ramo suspender el pago de dividendos a accionistas a fin de poder mantener la solvencia frente a la emergencia por la pandemia de la COVID-19.

    En un comunicado la CNSF les pidió suspender, además, actos que impliquen transferencia de beneficios patrimoniales o el compromiso de pagar los ejercicios fiscales de 2019 y 2020, o la recompra de acciones o cualquier otro mecanismo para recompensar a accionistas.

    Estas recomendaciones pretenden mantener la solvencia del sector asegurador y afianzador, porque la pandemia de COVID-19 y las medidas sanitarias tomadas para evitar su propagación pudieran generar un impacto negativo en diversas ramas de la economía, incluyendo este, señaló la Comisión.

    Destacó que, como se ha hecho en otros países, en México ya se han adoptado medidas para preservar la solvencia y el capital de las empresas con motivo de la contingencia por la COVID-19.

    Al seguir estas recomendaciones, las instituciones de seguros y de fianzas puedan seguir con su "responsabilidad de apoyar la economía, conservar su capital y absorber las pérdidas que puedan generarse" por la pandemia, destacó en el comunicado.

    Estas recomendaciones se suman a los compromisos que la CNSF ha anunciado con la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (Amis) para mantener la continuidad operativa del sector asegurador en protección de la población atendiendo las determinaciones de las autoridades sanitarias.

    ¿Cuántos días tiene una cuarentena?

    40 días, por esta razón el nombre de cuarentena.

    Tarjeta bienestar por cuarentena del coronavirus

    El Gobierno de México ha desmentido la entrega de tarjetas por motivo de la cuarentena. El rumor inició en la red social WhatsApp. Todo era falso.

    Medidas confirmadas por México para la cuarentena

    1) Adelanto en el pago de la pensión para los adultos mayores. Los pensionados recibirán 5 mil 240 pesos, cuando recibían, regularmente, de forma bimestral 2 mil 670 pesos.

    2) Se adelantan cuatro meses de pago en los apoyos entregados a menores de edad con discapacidad. Este programa incluye a jóvenes de hasta 29 años y adultos mayores de más de 64 años que padezcan alguna discapacidad y vivan en zonas marginadas o de vulnerabilidad.

    3) Se anunció la entrega de un millón de créditos de hasta 25 mil pesos para la reactivación de la economía formal e informal del país. Estos créditos tienen un respaldo de la Nacional Financiera

    Emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor

    Es una de las medidas que puede tomar el gobierno de un país en una situación excepcional. Se dicta en caso de perturbación de la paz o del orden interno de un estado, ya sea a causa de desastres naturales o graves circunstancia políticas o civiles que afecten la vida de la Nación.

    Medidas de la emergencia sanitaria

    1) Se ordena la suspensión hasta el 30 de abril de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social.

    2) En los sectores determinados como esenciales no se deberán realizar reuniones de más de 50 personas y siempre deberán aplicarse medidas básicas de higiene, prevención y sana distancia.

    3) Se exhorta a toda la población residente en el territorio mexicano a cumplir el resguardo domiciliario corresponsable (limitación voluntaria de movilidad).

    4) El resguardo domiciliario se aplica de manera estricta a toda persona mayor de 60 años, mujeres embarazadas o personas que padezcan enfermedades crónicas o autoinmunes.

    5) Después del 30 de abril, la Secretarías de Salud, en coordinación con las Secretarías del Trabajo y Economía emitirán lineamientos para la reanudación escalonada de las actividades.

    6) Se postergan hasta nuevo aviso todos los censos y encuestas.

    7) Todas las medidas deberán aplicarse con estricto apego y respeto a los derechos humanos.

    Diferencia entre emergencia sanitaria y contingencia sanitaria

    Una emergencia sanitaria de preocupación internacional, también conocida como emergencia sanitaria internacional (PHEIC por sus siglas en inglés) es una declaración formal de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de «un evento extraordinario que se determina que constituye un riesgo para la salud pública de otros Estados a través de la propagación internacional de la enfermedad y que potencialmente requiere una respuesta internacional coordinada», formulada cuando surge una situación que es «grave, repentina, inusual o inesperada», que "conlleva implicaciones para la salud pública más allá de la frontera nacional del Estado afectado" y "puede requerir una acción internacional inmediata".

    Una contigencia sanitaria se refiere a aquella declaratoria de emergencia por parte de las autoridades, donde la ciudadanía está obligada a resguardarse ante un peligro inminente en la sociedad.

    Síntomas del coronavirus COVID-19

    FiebreCansancioTos secaCongestión nasalRinorreaDolor de gargantaDiarrea

    Acuerdo del consejo de salubridad general

    El Consejo de Salubridad General, con fundamento en los artículos 4o., párrafo cuarto, 73, fracción XVI, bases 1a a 4a de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, fracción XV, 4, fracción II, 17, fracción IX, 134, fracción II y XIV, 140, 181 y 184, de la Ley General de Salud, y 1, 9, fracción XVII, 11, fracción IX, del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, y

    CONSIDERANDO

    Que el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, por lo que las autoridades sanitarias y cualquier dependencia o entidad de la Administración Pública Federal, tanto centralizada como paraestatal, tienen la obligación de garantizar y realizar todas las acciones necesarias, en el ámbito de su competencia, para contribuir a dicho mandato constitucional;

    Que el 30 de enero de 2020, el Comité de Emergencias, convocado por el Director General de la Organización Mundial de la Salud, en virtud del Reglamento Sanitario Internacional, declara una emergencia de salud pública de importancia internacional;

    Que el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, por Decreto de 27 de marzo de 2020, declaró las acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional, en materia de salubridad general, para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2, COVID-19;

    Que el Consejo de Salubridad General depende directamente del Presidente de la República, sin intervención de ninguna Secretaría de Estado y sus disposiciones generales son obligatorias en todo el país;

    Que la Ley General de Salud establece en su artículo 4, fracción II, que el Consejo de Salubridad General es autoridad sanitaria;

    Que el Consejo de Salubridad General, en sesión extraordinaria celebrada el 19 de marzo de 2020, acordó que se reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2, COVID-19, en México como una enfermedad grave de atención prioritaria;

    Que dicho Consejo de Salubridad General está constituido en sesión permanente, hasta que se disponga lo contrario;

    Que las acciones extraordinarias en materia de salubridad general serán ejercidas por la Secretaría de Salud, en los términos dispuestos por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos;

    Que las instituciones privadas de atención médica y servicios de salud, han expresado al Consejo de Salubridad General su colaboración para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2, COVID-19, con sus profesionales de la salud y su infraestructura, y

    Que el pleno del Consejo de Salubridad General, con el fin de atender la emergencia sanitaria, que se ha constituido en un problema de seguridad nacional, conforme a sus facultades acordó expedir el siguiente

    ACUERDO

    PRIMERO. El Secretario de Salud, como autoridad sanitaria ejecutiva, determinará las acciones que deba corresponder a las demás autoridades de los tres órdenes de gobierno.

    SEGUNDO. El Secretario de Salud, establecerá, pondrá en práctica, coordinará y evaluará, todas las acciones que resulten necesarias para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del virus SARS-CoV2, COVID-19, en todo el territorio nacional.

    TERCERO. La Secretaría de Salud, combatirá la epidemia y, para ello cuando lo considere procedente, establecerá, de manera inmediata, con la participación de cualquier autoridad de los tres órdenes de gobierno que se requiera, en las regiones afectadas de todo el territorio nacional, las acciones ejecutivas siguientes:

    I. El aislamiento de personas que puedan padecer la enfermedad y de los portadores de gérmenes de la misma, por el tiempo que resulte estrictamente necesario, así como la limitación de sus actividades, cuando así se amerite por razones epidemiológicas;

    II. La inspección de pasajeros que puedan ser portadores de gérmenes, así como de equipajes, medios de transporte, mercancías y otros objetos que puedan ser fuentes o vehículos de agentes patógenos;

    III. La utilización de todos los recursos humanos y materiales, para la prestación de la atención médica, y de asistencia social de los sectores público, social y privado existentes;

    IV. Ordenar las medidas atingentes a fin de evitar congregaciones de personas en cualquier lugar de reunión, incluida la clausura temporal de locales o centros de espectáculo;

    V. La Secretaria de Salud, para la atención de las acciones extraordinarias en materia de salubridad general, podrá disponer de los medios del servicio público, de los diferentes modos de transporte concesionados por las autoridades correspondientes;

    VI. La regulación del tránsito terrestre, marítimo y aéreo, así como disponer libremente de todos los medios de transporte de propiedad del Estado y de servicio público, cualquiera que sea el régimen legal a que estén sujetos estos últimos;

    VII. La utilización libre y prioritaria de los servicios telefónicos, telegráficos y de correos, así como las transmisiones de radio y televisión, estableciendo las directrices informativas necesarias a fin de transmitir clara y oportunamente las medidas que se adopten para afrontar la contingencia;

    VIII. Los servicios públicos directos que se prestarán a la población únicamente serán aquellos que representen una necesidad urgente y que no sean un riesgo para la salud;

    IX. Los servicios al público relacionados con medicamentos, comestibles, suministro de hidrocarburos y cualquier otro que resulte necesario para la población, y que no pongan en riesgo las medidas sanitarias establecidas, para combatir la existencia y transmisión del virus SARS-CoV2, COVID-19, se prestarán habitualmente, salvo disposición expresa de las autoridades sanitarias sobre horarios y con la aplicación de medidas que eviten aglomeraciones.

    X. Los servicios no esenciales de los sectores social y privado deberán adoptar de inmediato modalidades de teletrabajo, trabajo a distancia o análogos, sin que las actividades de sus trabajadores impliquen un acto presencial.

    XI. La solicitud de auxilio o apoyo a instancias y organismos internacionales, con el propósito de colaborar con las autoridades mexicanas, y

    XII. Las demás que determine la propia Secretaría de Salud, en los términos de lo dispuesto por la fracción XVI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Salud.

    CUARTO. – La Secretaría de Salud establecerá números telefónicos de urgencia para atender a la población, a efecto de orientarla o para que se reporten casos de contagio, o posible contagio, del virus SARS-CoV2, COVID-19.

    QUINTO. – Se conmina a los particulares a brindar los apoyos y facilidades que establecen las disposiciones jurídicas en materia de salubridad general.

    TRANSITORIO

    PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO. Se ratifican las medidas establecidas por cualquiera de los vocales titulares del Consejo de Salubridad General relacionadas con la prevención del contagio, del virus SARS-CoV2, COVID-19.

    TERCERO. Levántese el acta correspondiente con la suscripción de todos y cada uno de los señores vocales titulares del Consejo de Salubridad General.

    Ciudad de México, a los treinta días del mes de marzo de dos mil veinte. – El Secretario de Salud y Presidente del Consejo de Salubridad General, Jorge Carlos Alcocer Varela. – Rúbrica. – El Secretario del Consejo de Salubridad General, José Ignacio Santos Preciado. – Rúbrica.

    Libero Impreso

    EDICIÓN DIGITAL

    EDICIÓN DIGITAL

    OFERTAS DE HOY