Muchos trabajadores que están por Recibo por Honorarios se vienen preguntado si recibirán la gratificación. Hoy te explicaremos como debes cobrarlo y si realmente mereces este beneficio laboral.
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Pero para poder entender esto, primero debemos saber que significa el pago por recibo por honorarios. Aquí te diremos su categoría y cuál es la relación que tiene el trabajador con la empresa que lo contrata en esta condición.
El recibo por honorarios son pagos que emiten las personas en rentas de cuarta categoría. Esta condición es un servicio prestado sin relación de dependencia con la empresa.
Se entiendo que las rentas de cuarta categoría no genera ningún vínculo laboral. Por lo tanto, no hay beneficios. Esto pasa porque hay empresas que con el fin de "ahorrar costos" contratan a trabajadores por locación de servicios.
Sin embargo, hay un principio básico, que es la "primacía de la realidad", esto quiere decir si un trabajador labora en una empresa cumpliendo estos tres elementos básicos.
Aún así, el trabajador está por recibo por honorarios y ha firmado un contrato de locación de servicios, se impone la primacía de la realidad.
Esto quiere decir, que sí tiene todos los beneficios laborales. Por eso si estás leyendo esto debes alegrarte porque si podrías recibir la gratificación.
La mala noticia es que no será muy fácil, debido a que te puede tomar tiempo. Primero debes obtener pruebas estás cumpliendo estos tres elementos básicos de la primacía de la realidad.
Luego deberás ir a Sunafil para realizar la denuncia, de no tener respuesta, tendrás que recurrir al poder judicial.
Hay otras salidas, que son las reducciones de horas de trabajos para evitar futuros problemas laborales. Recuerda que un locador de servicio no está sujeto a una jornada fija, solo es algo permanente.