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Bonos de EsSalud activos: guía completa para acceder a los subsidios y cobrar en agosto 2025
EsSalud ofrece diferentes respaldos y prestaciones en momentos específicos que requieran los asegurados. AQUÍ podrás conocer los requisitos.

El Seguro Social de Salud (EsSalud) es la institución pública encargada de proteger y garantizar la atención médica de trabajadores formales, independientes con aportes, pensionistas y sus derechohabientes en el Perú. La entidad no solo brinda servicios clínicos y hospitalarios, sino una red de protección económica mediante subsidios que acompañan situaciones críticas en la vida laboral y familiar.

PUEDES VER: El importante subsidio de 2,070 soles que puedes cobrar si eres afiliado a EsSalud en agosto 2025
Entre las herramientas de equilibrio social, las Líneas de Prestaciones Económicas incluyen cuatro subvenciones fundamentales, de las cuales podrás conocer más en las siguientes líneas. Se trata del Bono por Lactancia, Subsidio por Maternidad, Subsidio por Incapacidad Temporal y la Prestación por Sepelio.
Estos apoyos asumen desde gastos inmediatos tras el nacimiento de un hijo hasta la compensación por enfermedad o la asistencia en el fallecimiento de un asegurado. En 2025, estos subsidios continúan vigentes y accesibles si se cumplen los requisitos de aportes y estado laboral. A continuación, conoce cada uno de estos beneficios con sus montos, plazos y procedimientos.
Bono por Lactancia
Una ayuda económica de S/ 820 por cada hijo nacido vivo, dirigida a madres aseguradas o integrantes del grupo familiar del asegurado titular, con el objetivo de contribuir a los gastos iniciales de lactancia y cuidado del recién nacido. En caso de parto múltiple, el monto se otorga por cada lactante.
Requisitos principales:
- Ser asegurada o estar inscrita como cónyuge de un asegurado titular.
- Tener al menos tres aportes consecutivos o cuatro no consecutivos en los seis meses anteriores al nacimiento.
- El bebé debe estar inscrito como derechohabiente y registrado en RENIEC.
- La Solicitud debe presentarse en un plazo máximo de 6 meses desde el nacimiento (o + 30 días en caso de gemelos); de preferencia se hace en línea cuando el parto se realiza en una clínica vinculada a EsSalud.
Procedimiento:
- Acceder a la plataforma virtual (SmartLactanciaWeb) para consulta.
- Si no es validable automáticamente, ingresar a una oficina EsSalud con el Formulario 1040, DNI y documentación requerida.
- El pago se realiza mediante ventanilla bancaria (Banco de la Nación u otros autorizados) con el documento de identidad del beneficiario.
Subsidio por Maternidad
Compensa la pérdida de ingresos por la licencia laboral legal: consta de 98 días de descanso remunerado (49 días antes y 49 días después del parto). Puede ampliarse hasta 30 días adicionales en casos de parto múltiple o hijos con discapacidad.
¿Quién lo recibe y cuánto es el monto?
- Aplica a madres aseguradas en régimen regular o especial (independientes, agrarias, construcción civil, etc.).
- El monto se calcula sobre el promedio diario de las remuneraciones de los 12 meses anteriores, multiplicado por los días de descanso. No es un bono fijo, varía en función de la remuneración declarada.
Requisitos:
- Mínimo de tres aportes consecutivos o cuatro no consecutivos dentro de los últimos seis meses.
- Mantener vinculación laboral desde el inicio hasta el fin del descanso médico.
- Presentar certificado de descanso médico por maternidad (CITT), y el Formulario 1040 correctamente llenado.
Trámite y pago:
El empleador suele presentar la solicitud en dependientes; en trabajadoras independientes, la propia asegurada lo hace directamente. El monto asignado se abona en las mismas entidades bancarias autorizadas junto con copia del DNI de la beneficiaria.
Subsidio por Incapacidad Temporal
Dirigido a trabajadores que quedan imposibilitados de laborar por enfermedad o accidente, cubre desde el día 21 de incapacidad hasta un máximo de 11 meses y 10 días consecutivos, momento en que inicia EsSalud como pagador obligatorio.
Características del subsidio:
- Las primeras 3 semanas (20 días) de incapacidad son cubiertas por el empleador.
- A partir del día 21, EsSalud abona el subsidio, equivalente generalmente al 70 % del promedio de remuneraciones de 4 meses anteriores; si el asegurado tiene menos de 4 meses, el promedio es proporcional al periodo asegurado.
- En casos de accidentes, basta con estar afiliado para recibir el subsidio desde el día 1 en algunos regímenes.
Requisitos:
- Tener como mínimo tres aportes consecutivos o cuatro dentro de los seis meses anteriores al inicio de la incapacidad (en algunos regímenes especiales como agrario o pesca, la exigencia puede ser de solo dos consecutivos).
- Certificado médico de EsSalud (CITT) que certifique la condición de salud.
- Formulario 1040 firmado, legible y correctamente llenado.
Trámite:
Solicitar el subsidio en una Oficina de Seguros y Prestaciones Económicas de EsSalud, con DNI del asegurado o representante, certificado médico y formulario llenado.
El pago se realiza por el mismo canal bancario que otros subsidios, en la fecha correspondiente al estado de cuenta de pagos vigentes.
Prestación por Sepelio (hasta S/ 2,070)
Brinda un subsidio de hasta S/ 2,070 para cubrir gastos funerarios del asegurado fallecido. Se entrega en una sola cuota al familiar o persona que asume los costos.
Condiciones de elegibilidad:
- El asegurado fallecido debe haber realizado mínimo tres aportes consecutivos o cuatro no consecutivos en los seis meses previos a su muerte.
- El solicitante debe presentar documentación probatoria de los gastos funerarios, el Formulario 1040 y el certificado de defunción del asegurado.
Procedimiento:
- Dirigirse a la Oficina de Seguros y Prestaciones Económicas con la documentación completa.
- Se evalúa si el monto real de los gastos excede S/ 2,070; en ese caso, la cobertura seguirá el tope legal.
- El pago se efectúa en una sola vez por ventanilla bancaria, una vez aprobada la solicitud.
¿Cómo saber si soy beneficiario?
EsSalud permite consultar fácilmente si alguien es elegible para alguno de sus subsidios económicos. Usando tu DNI y datos personales, puedes entrar al portal oficial (como "Dónde me atiendo" o SmartLactanciaWeb) para verificar si el derecho al subsidio por lactancia, maternidad o sepelio ha sido reconocido. También puedes acercarte a oficina presencial con tu Formulario 1040 correctamente completado.
Además, cada bono tiene su propio tiempo límite para solicitarlo (como hasta 6 meses tras el parto en lactancia o hasta cierto plazo tras el deceso en caso de sepelio), por lo que es crucial no demorar la presentación.
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