El retiro del 100% de la CTS en el marco de la pandemia, ya es una realidad. Esta tarde, mediante una conferencia de prensa ofrecida por la Presidencia del Consejo de Ministros, se confirmó que el Ejecutivo promulgará la normativa impulsada por el Congreso de la República.
PUEDES VER Gobierno brindará conferencia de prensa EN VIVO: sigue todas las incidencias HOY, miércoles 21
Como recordamos, ambas autógrafas de ley fueron enviadas a Palacio de Gobierno para que el presidente Francisco Sagasti y su Gabinete Ministerial puedan evaluar la viabilidad de las normas, ello para que luego puedan ofrecer un pronunciamiento al respecto.
El acceso a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) también ha sido aprobada por el Gobierno de turno liderado por el presidente Francisco Sagasti.
"Hemos confirmado la autógrafa sobre la CTS. Considerando la situación actual, en que muchas personas requieren fortalecer sus ingresos para afrontar la emergencia sanitaria, hemos decidido no observarla", comunicó Violeta Bermúdez.
Con tales declaraciones, se confirma que la normativa entrará en vigencia desde el preciso momento en el que el presidente de la República del Perú, Francisco Sagasti, la promulgue oficialmente.
Este miércoles 21 de abril, la premier Violeta Bermúdez brindó una conferencia de pena en la que indicó que "no observarán" la decisión del Congreso con respecto al retiro del 100% de la CTS. Por ello, es cuestión de que el presidente Francisco Sagasti promulgue la normativa para que esta entre en vigencia. Bermúdez añadió que eso podría ser esta misma semana.
Lo que primero debes saber es verificar si te encuentras en la planilla de la empresa para la que trabajas. Luego de ello, revisar en qué banco recibes tu sueldo puesto que, es en la misma entidad bancaría donde normalmente te hacen el depósito de tus CTS.
Seguido los pasos que te mencionamos arriba, recién podrás contactarte con tu banco para solicitar la información correspondiente a la Compensación por Tiempo de Servicios. Esto lo realizarás vía banca telefónica u online.
- Persona que laboren en actividad privada. Esto quiere decir aquellos que cuenten con contrato indefinido, a plazo fijo, a tiempo parcial y trabajadores-socios de cooperativas de trabajadores.
- Los trabajadores de las pequeñas empresas recibirán 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios.
-Los trabajadores del hogar recibirán 15 jornales por año.
-Los trabajadores de Construcción Civil perciben 15% del total de jornales básicos percibidos durante la prestación de servicios.
-Los trabajadores agrarios reciben la CTS incluida en su remuneración mensual.
Con dicha información, podrás conocer el monto que tienes acumulado actualmente y también sabrás en qué meses se te harán los depósitos correspondientes al año 2021.