Si bien los fonavistas tienen acceso a sus contribuciones, aún existe desconocimiento sobre el procedimiento para solicitar los fondos de un familiar fallecido.
Únete a nuestro canal de WhatsAppSegún el calendario establecido por la autoridad correspondiente, varios ciudadanos están ahora habilitados para recuperar los fondos que previamente aportaron al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi). Esta distribución se efectúa a través del Banco de la Nación y comenzó recientemente.
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Este sistema tenía el objetivo de proporcionar una ayuda financiera para la construcción, adquisición, y mejoramiento de viviendas. Sin embargo, dejó de existir el 3 de diciembre de 1998 a través de la ley N° 26969.
Ante esto, es importante mencionar que muchos se vienen consultando cómo se desarrollaría el pago correspondiente a los inscritos que ya han fallecido a lo largo de estos años en los que el trámite fue evaluado y finalmente aprobado.
Si tienes un familiar fallecido que haya sido parte del Fonavi y te preguntas por el dinero que debió recibir, entonces te contamos que hay forma de poder desembolsarlo, pero con ciertos requerimientos.
Para iniciar, el Decreto Supremo 280-2023-EF dio a conocer el orden de prelación excluyente, es decir, la organización que se tiene que tomar en cuenta en cuanto a los familiares que pueden acudir a cobrar el monto del quien fuera aportante.
Lo que se debe hacer para realizar este proceso, es seguir lo que indica el decreto supremo, el cual informa que el o los deudos deberán acercarse a las oficinas del Banco de la Nación con su declaración jurada con determinados documentos. A continuación te dejamos la lista.