El Ministerio de Transporte y Comunicaciones aprobó un registro de repartidores de delivery. Las personas que no se inscriban serán sancionados fuertemente.
Únete a nuestro canal de WhatsAppEl Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) informó la creación del Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida. Esta medida busca formalizar a las personas que realizan repartos en motos y bicicletas en todo el país.
Este grupo de trabajadores deben saber que el registro es de carácter obligatorio y entrará en vigencia desde el sábado 17 de mayo del 2025, 30 días después de la publicación del Decreto Supremo N°006-2025-MTC en el Diario El Peruano. A partir de dicha fecha, solo podrán realizar el servicio de reparto quienes estén correctamente inscritos.
El Gobierno peruano, liderado por la presidenta Dina Boluarte, dio a conocer que para realizar el registro, los repartidores debe cumplir ciertos requisitos. A continuación, te diremos cuáles son.
El decreto supremo dispuesto por el MTC ha indicado que los repartidores no registrados serán sancionados. Entre ellas, resaltan multas de hasta 0.8 UIT (4,280 soles), la detención del vehículo y la interrupción inmediata del servicio de reparto.
Además, las empresas que brindan servicios de delivery deberán presentar la lista de sus repartidores dentro de los 15 días posteriores a la implementación del registro dispuesto por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.