El Ministerio de Transporte y Comunicaciones aprobó un registro de repartidores de delivery. Las personas que no se inscriban serán sancionados fuertemente.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) informó la creación del Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida. Esta medida busca formalizar a las personas que realizan repartos en motos y bicicletas en todo el país.
Este grupo de trabajadores deben saber que el registro es de carácter obligatorio y entrará en vigencia desde el sábado 17 de mayo del 2025, 30 días después de la publicación del Decreto Supremo N°006-2025-MTC en el Diario El Peruano. A partir de dicha fecha, solo podrán realizar el servicio de reparto quienes estén correctamente inscritos.
El Gobierno peruano, liderado por la presidenta Dina Boluarte, dio a conocer que para realizar el registro, los repartidores debe cumplir ciertos requisitos. A continuación, te diremos cuáles son.
Los repartidores de delivery deberán inscribirse en el padrón dispuesto por el MTC.(Foto:GLR)
El decreto supremo dispuesto por el MTC ha indicado que los repartidores no registrados serán sancionados. Entre ellas, resaltan multas de hasta 0.8 UIT (4,280 soles), la detención del vehículo y la interrupción inmediata del servicio de reparto.
Además, las empresas que brindan servicios de delivery deberán presentar la lista de sus repartidores dentro de los 15 días posteriores a la implementación del registro dispuesto por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.