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Las deudas en Perú sí se heredan tras la muerte: esto ocurre con los familiares

Al fallecer, los herederos no solo reciben bienes, sino que también asumen las deudas del difunto. Es esencial que comprendan cómo funciona este proceso.

Las deudas en Perú sí se heredan tras la muerte

La muerte de un ser querido genera una serie de emociones intensas y, a menudo, plantea interrogantes sobre su situación financiera. ¿Qué ocurre con las deudas que dejó? ¿Deben los familiares asumir esos compromisos? Este artículo explora las implicaciones legales de heredar deudas y cómo se distribuyen entre los herederos.

Cuando un familiar fallece, no solo se heredan bienes, sino también deudas. La herencia incluye tanto activos como pasivos, lo que significa que los herederos pueden verse obligados a cubrir las obligaciones financieras del difunto. Este tema genera confusión y es fundamental entender cómo funciona el proceso para evitar sorpresas desagradables.

José Chuman, abogado de familia, aclara que las deudas no desaparecen con la muerte. “Si yo en vida adquirí un departamento para pagarlo en 20 años y tengo la mala suerte de morir al décimo año, ¿quién tiene que asumir? Los que quedan vivos. Si es casado, la cónyuge supérstite y los hijos. Esta obligación es transmisible, por lo que la obligación se extingue solo cuando se paga”, explica. Esto implica que los herederos, como la cónyuge o los hijos, son responsables de continuar pagando el saldo pendiente.

¿Qué sucede con las deudas cuando alguien muere?

Al fallecer, las deudas quedan a cargo de los herederos, quienes deben asumir la responsabilidad de cubrirlas. Sin embargo, si no hay un patrimonio suficiente para saldar la deuda, los herederos no estarán obligados a pagar la diferencia con su propio dinero, a menos que hayan aceptado la herencia bajo ciertas condiciones. Esto proporciona un alivio a aquellos que podrían verse abrumados por las obligaciones financieras de un ser querido fallecido.

Excepciones a la regla: obligaciones alimenticias

Es importante mencionar que no todas las deudas se heredan. Las obligaciones alimenticias, por ejemplo, no se transmiten a los herederos, ya que son de naturaleza personal. “El derecho alimentario en general se extingue con la muerte de la persona”, señala Chuman. Esto significa que si el fallecido debía pensiones alimentarias, esta obligación se extingue con su muerte, aliviando a los herederos de esa carga.

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