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Bono de 400 soles en Perú: revisa fecha de pago, beneficiarios y LINK de consulta

Miles de trabajadores del sector público recibirán el nuevo Bono de 400 soles. Conoce quiénes serán los beneficiarios y desde cuándo se podrá cobrar.

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El Bono de 400 soles se paga a nivel nacional a los trabajadores del sector público.
El Bono de 400 soles se paga a nivel nacional a los trabajadores del sector público. | Composición: Líbero

En el Perú, la ayuda económica es importante para las familias más vulnerables. Recientemente, miles de trabajadores del sector público accedieron a un Bono de 400 soles y se está considerando la opción de realizar otro pago complementario, pero ¿qué se sabe hasta el momento? Conoce todos los detalles en esta nota de Libero.pe.

A inicio de este año, el Gobierno peruano junto al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dispusieron el abono del Bono Escolaridad, con un monto de 400 soles. Esto se realizó ante el inicio del Ciclo Escolar, que conlleva la compra de libros, uniforme, útiles, matrículas y más, por lo que la cifra proporcionada, ayudará solventar los gastos.

¿Cuándo se entregará el Bono de 400 soles?

Durante los meses de enero y febrero se realizó la entrega del Bono por Escolaridad de 400 soles para determinados regímenes del sector público; sin embargo, lo que pocos saben, es que para este mes de junio 2024 se volverá a entrega del apoyo financiero a nivel nacional. Por lo que te recomendamos que estés atento al reciente pago que se efectuará.

El Bono de 400 soles, conocido como el Bono Escolar, se otorga a ciertos sectores de la administración pública.

¿Quiénes cobran el Bono de 400 soles?

Como lo mencionamos anteriormente, el Bono 400 soles está destino a empleados de la administración estatal, pero solo para aquellos que están dentro de los siguientes regímenes:

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto. Legislativo 276, la Ley 29944 y la Ley 30512.
  • Docentes universitarios a los que se refiere la Ley 30220.
  • Personal de la salud contemplado en el Decreto Legislativo 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del sector público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas comprendidos en los regímenes de la Ley 15117, los Decretos Leyes 19846 y 20530, el Decreto Supremo 051-88-PCM y la Ley 28091.
  • Servidores penitenciarios, según lo establecido en el numeral 1 del artículo 24 de la Ley N° 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria.

Por otro lado, es importante precisar que en este mes de junio 2024, el apoyo económico solo será cobrado por docentes y auxiliares nombrados a nivel nacional, puesto que a inicio de año no recibieron el monto.

Bono de 400 soles: ¿Cuál es el LINK de consulta?

Si quieres saber sobre el enlace de consulta del Bono 400 soles, es importante precisar que NO existe LINK para verificar si eres beneficiario o recibes el monto. Para conocer dicha información lo que debes hacer es revisar tu boleta de pago mensual, puesto que el dinero es depositado junto a tu sueldo.

¿Cuáles son los requisitos para cobrar el Bono de 400 soles?

Es fundamental que los empleados del sector público cumplan con ciertos criterios durante su horario de trabajo para ser considerados para recibir el Bono de 400 soles. Por favor, verifica los requisitos:

  • Estar laborando a la fecha de vigencia de la presente norma, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
  • Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses a la fecha prevista en el literal precedente. Si en caso no cuenta con el referido tiempo de tres meses, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.
  • En el caso de los profesores contratados y auxiliares de educación contratados en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, tienen derecho a percibir la Bonificación por Escolaridad, siempre que cumplan de manera conjunta con las siguientes condiciones:
  • Estar laborando en el mes de junio del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
  • Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses a la fecha prevista en el literal precedente. Si no cuenta con el referido tiempo de tres meses, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.
Angie De La Cruz

Redactora en Líbero, sección Ocio y México. Periodista de la Universidad Jaime Bausate y Meza. Cuenta con 3 años de experiencia en contenido digital.

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