Gobierno promulga ley que permite uso del cannabis medicinal y sus derivados
El Poder Ejecutivo fue el encargado de publicar la norma y de esta manera todos los inscritos en el registro nacional del Minsa podrán producir el cannabis medicinal con fines terapéuticos.
Únete a nuestro canal de WhatsAppDurante la mañana del domingo 25 de julio, se pudo conocer que el Poder Ejecutivo anunció la publicación de la norma que modifica algunos artículos de la Ley n° 30681, que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados. La oficialización se hizo a través del diario El Peruano, encargado de publicar el contenido.
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Esta ley, que fue presentada al Congreso de la República, fue impulsada por las bancadas de distintos partidos políticos, acto que fue aprobado el 15 de julio del presente año 2021 en la sesión del pleno, donde un total de 100 votos a favor, 0 en contra y 4 abstenciones fue suficiente para que se promulgue la norma.
Tras la aprobación de la norma y ya publicada oficialmente, ahora las personas que se encuentran inscritas en el Registro Nacional de Pacientes Usuarios del Cannabis del Minsa, podrán acceder a las licencias para poder cultivar y luego procesar dicha planta con fines medicinales.
"La licencia para la producción artesanal con cultivo asociativo autoriza el cultivo, procesamiento, transporte y almacenamiento de cannabis y sus derivados para fines medicinales y terapéuticos exclusivamente, para los titulares de la licencia o los indicados en ella, conforme a los requisitos establecidos por el Ministerio de Salud", precisa la disposición.
Por otro lado, el Ministerio del Interior, también estará a cargo de la supervisión a través de Unidad Especializada de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú (PNP), "realiza y aprueba el protocolo de seguridad, con el objetivo de garantizar la intangibilidad física del cannabis y sus derivados para uso medicinal y terapéutico, así como del producto terminado".