El Congreso de la Ciudad de México aprobó modificar la Ley de Movilidad para agregar faltas por las cuales los agentes de tránsito podrían retener o retirar la licencia de conducir a los automovilistas.
Los diputados locales avalaron los cambios en el artículo 67 de la legislación que establece que “si se determina que un conductor de transporte privado o público, ya sea de carga o pasajeros, conducía en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias tóxicas perderá la licencia de forma definitiva”. Asimismo, se aplicarán penas de cárcel más largas.
Además de que se adiciona que, en caso de una emergencia sanitaria, como la que vivimos actualmente por el virus del SARS-CoV-2 y los concesionarios no cumplan con las medidas sanitarias impuestas por los gobiernos, estos serán acreedores a una multa de entre 40 a 60 Unidades de Medida y Actualización (UMA), que en este momento serían entre 3 mil 584.80 y 5 mil 377.20 pesos.
“La Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (Semovi) tendrá la facultad de dar seguimiento a los incidentes de tránsito, así como a la cancelación de la licencia para conductores de transporte público que se conduzcan bajo los influjos del alcohol o alguna sustancia”, señala el comunicado emitido por el Congreso de la CDMX.
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