Los clientes del Banco de Venezuela tienen el privilegio de acceder a un crédito de hasta 385 dólares, de manera rápida y con requisitos simplificados.
Únete a nuestro canal de WhatsAppEl país llanero cuenta con una de sus instituciones más populares, el Banco de Venezuela (BDV), que ofrece a las grandes mayorías productos bancarios con gran aceptación entre los venezolanos. Un ejemplo es el Credinómina, que proporciona créditos con tasas de interés bajas y competitivas. Si quieres conocer cuáles son, sigue leyendo esta nota.
Antes de continuar, debes tener en cuenta que el Credinómina, en principio, no está disponible para cualquier venezolano o venezolana, ya que a este beneficio financiero, únicamente podrán acceder aquellos que tengan una cuenta nómina en dicha entidad bancaria, pero también quienes reciban el pago de su sueldo mensualmente en este banco. Si cumples estos requisitos, entonces podrías recibir hasta 385 dólares estadounidenses.
Por ello, presta atención al siguiente listado, ya que en él encontrarás todo el proceso para solicitar tu Credonómina en el Banco de Venezuela (BDV) en solo 3 sencillos pasos. Este es el procedimiento que deberás seguir:
Actualmente, el Banco de Venezuela no ha confirmado la activación del Credinómina para el año 2024. Hace algunos meses, el gerente del banco mencionó que este servicio no estaba disponible. Frente a las inquietudes de la población, recomendó que los ciudadanos utilicen los canales de atención disponibles para obtener información adicional.
A continuación podrás conocer qué proceso debes realizar para abrir una cuenta en el BDV digital.
Siempre dependiendo de tipo de tasa de cambio propuesta por el Banco Central de Venezuela (BCV), es que el Banco de Venezuela (BDV) podría entregarte un crédito que podría alcanzar hasta los 300 dólares estadounidenses (y lo que ello resulte al cambio a bolívares). Si te interesa acceder a este crédito bancario, entonces sigue leyendo para conocer cuáles son los requisitos que debes cumplir y tener en tu poder una tarjeta:
Si eres jubilado, deberás presentar una constancia de jubilación. Para los dueños de empresas, se necesitará una copia del documento constitutivo, la última acta de la asamblea de accionistas y el RIF vigente. En el caso de los trabajadores independientes, se requerirá el título profesional o carné del gremio al que pertenezcan, además del contrato de arrendamiento.