Trabajadores en Perú que laboraron durante los feriados de Semana Santa recibirán una remuneración triple si no cuentan con descanso compensatorio, según la ley.
La ley que aprueba un nuevo retiro de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) aún no ha sido publicada en el Peruano, ya que falta la aprobación y promulgación por parte del Ejecutivo, que tiene como plazo máximo el 7 de mayo. Sin embargo, no es el único beneficio al que podrían acceder los ciudadanos, ya que un pago extra llegaría a sus cuentas.
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Como se sabe, en el calendario hay varios feriados nacionales que son considerados como un derecho laboral, por lo cual los trabajadores del sector público y privado deben contar con los días de descanso respectivo a esta Semana Santa, pero sabiendo que fija un depósito como goce de haber.
Si un empleado trabaja en un día festivo sin recibir un descanso compensatorio, tiene derecho a recibir tres pagos adicionales por esa jornada laboral.
En Perú, los trabajadores que laboren durante los feriados del 17 y 18 de abril de 2025, correspondientes al Jueves y Viernes Santo, tendrán derecho a recibir una remuneración equivalente al triple de su salario habitual.
Este depósito solo debe efectuarse si no se otorga un descanso compensatorio, según lo establecido por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral.
La Compensación por Tiempo de Servicios es un derecho laboral para los trabajadores en Perú, depositado semestralmente en mayo y noviembre. El empleador debe realizar este depósito en la cuenta bancaria que el trabajador haya designado con anterioridad.