Miles de afiliados a la ONP podrían acceder a este nuevo desembolso, pero para ello es necesario tener presente si hay cronograma establecido.
El retiro extraordinario de fondos de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) ha sido un tema recurrente en el debate legislativo peruano. El proyecto más reciente propone permitir a los afiliados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) retirar hasta 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/10.700, siempre que cumplan con ciertos requisitos establecidos en la iniciativa.
Este retiro busca ofrecer un alivio económico a los afiliados que, a pesar de haber aportado durante años al sistema público, no han podido acceder a una pensión. Sin embargo, hasta la fecha, el proyecto aún no ha sido aprobado, y no se ha establecido una fecha definitiva para su liberación.
El proyecto de ley que permitiría el retiro de hasta S/10.700 de la ONP se encuentra en proceso de revisión en el Congreso de la República. Pese a que fue presentado y discutido en las comisiones pertinentes, aún no ha sido aprobado en el Pleno del Congreso. La falta de consenso entre las diferentes bancadas y la necesidad de evaluar aspectos técnicos y financieros, retrasaron el avance.
No existe una fecha definida para la aprobación del proyecto. Si bien algunos sectores esperan que se pueda debatir en las próximas semanas, la situación política y legislativa actual genera incertidumbre sobre la fecha exacta.
De acuerdo a lo planteado en el proyecto de ley correspondiente, los requisitos para que se pueda acceder al retiro de hasta S/10.700 son los siguientes:
Se debe recalcar que el monto máximo a retirar no podrá exceder el total efectivamente aportado y registrado por el afiliado. Esto significa que, aunque el proyecto permite un retiro de hasta 2 UIT, el monto real dependerá de los aportes individuales de cada afiliado.
En caso de que el proyecto sea aprobado, el retiro se efectuaría en dos etapas:
Si el monto total a devolver es menor a una UIT, se entregará en un solo desembolso. Los fondos se depositarían directamente en las cuentas bancarias registradas del afiliado, utilizando los datos disponibles en las plataformas oficiales del Estado, como la base de datos del Banco de la Nación y la ONP. El cronograma de pago se establecería de acuerdo al último dígito del DNI, similar a otros programas anteriores.
Para garantizar que los fondos sean utilizados exclusivamente para el beneficio del afiliado y no sean comprometidos por obligaciones externas, es importante tener en cuenta que los fondos retirados no podrán ser objeto de:
Aunque muchos esperan una fecha específica para la aprobación del retiro, lo cierto es que el proceso legislativo aún se encuentra en la etapa de programación de debates en las comisiones.
Así pues, se estima que la revisión, posibles modificaciones y la votación podrían demorarse varias semanas o incluso meses, dependiendo del consenso político y de los informes técnicos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y otras entidades involucradas.
Si fuese aprobado en las comisiones, el proyecto deberá pasar luego al Pleno del Congreso para obtener el visto bueno final. Solo después de ese paso, de ser promulgado, la ONP tendría que definir el cronograma y los mecanismos para la entrega de los fondos a los beneficiarios, proceso que requiere también de la elaboración de un reglamento operativo.