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    Retiro de AFP S/ 17 200: ¿cómo saber si accedes y cuándo presentar tu solicitud?

    El miércoles 9 de diciembre iniciará la presentación de solicitudes para acceder al retiro de tu AFP, equivalente a 4 UIT. AQUÍ te contamos todos los detalles.

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    El Congreso aprobó una ley que permite a los aportantes de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) un retiro excepcional de hasta 17 200 soles (4 IUT). Manuel Merino de Lama promulgó la citada norma en el diario oficial El Peruano previo a su renuncia a la presidencia de facto.

    Por ello, la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) anunció que desde el próximo miércoles 9 de diciembre las personas que cumplan con los requerimientos de la Ley N° 31068, podrán presentar tu solicitud virtual para acceder al "retiro extraordinario de fondos" y tendrá un plazo de 90 días calendario. En este sentido, a continuación, conoce si estás apto para el desembolso de tu dinero.

    Retiro S/ 17 200: Consulta si podrás retirar tu AFP

    A continuación, te dejamos el link para conocer si accedes o no al retiro facultativo y excepcional de AFP (Prima, Integra, Profuturo y Hábitat).

    - Coloca tu número de DNI. 

    - Ingresa el dígito de verificación de tu DNI.

    - Coloca tu fecha de nacimiento.

    - Dale clic a "No soy un robot", y listo. 

    (Captura SBS)

    Retiro de AFP: Consideraciones para acceder al retiro de tu dinero

    Para retirar tu AFP, debes cumplir una serie de requisitos. A continuación, te contamos cuáles son:

    Desempleados en los últimos 12 meses

    - Aportantes que "por al menos 12 meses consecutivos" no realizaron aportes a las Administradoras de Fondos de Pensiones.

    - El primer pago de hasta 1 UIT (equivalente a 4300 soles) se realizará 30 días calendario después de presentada la solicitud. Para el segundo desembolso, tras 30 días del primero, también se hará un abono de hasta 1 UIT. El resto del dinero será entregado en un tercer desembolso.

    Sin aportes en octubre 2020

    - No registren aportes acreditados a las AFP en octubre de 2020.

    - La entrega de estos aportes se efectúa en un plazo máximo de 30 días calendario de emitida la solicitud y en un solo desembolso.

    Caso especial

    - Afiliados activos o inactivos que sufran enfermedades oncológicas diagnosticadas por una Institución Prestadora de Servicios de Salud registrada en el Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de Salud.

    - El desembolso total se efectuará a los 30 días de presentada la solicitud.

    Retiro de AFP: pasos para acceder a los fondos

    La SBS confirmó el procedimiento operativo oficial para acceder a los fondos de pensiones del sistema privado. 

    • Artículo 1 — Hasta 4 UIT

    Afiliados que no cuenten con acreditación de aportes obligatorios por al menos doce meses consecutivos (entre devengues de octubre del 2019 y setiembre del 2020).

    Importante: no acceden aquellos afiliados que califiquen al Régimen Especial de Jubilación Anticipada por Desempleo.  

    - Primer desembolso de hasta 1 UIT: hasta 30 días calendario, contados desde el día siguiente de ingresada la solicitud ante la AFP. 

    - Segundo desembolso de hasta 1 UIT: hasta 30 días calendario, computados desde el día siguiente de efectuado el primer desembolso por la AFP. 

    - Tercer desembolso por el remanente hasta 4 UIT: hasta 30 días calendario, contados desde el día siguiente de efectuado el segundo desembolso por AFP.

    • Retiro excepcional facultativos — Hasta 1 UIT

    Afiliados que no registren aportes acreditados en el mes de octubre de 2020 (devengue de setiembre 2020).

    Importante: no aplica a beneficiarios de lo establecido en el artículo N° 1 de la Ley.

    - En una sola armada: en un plazo máximo de 30 días calendario, contados desde el día siguiente de ingresada la solicitud ante la AFP. 

    (Fuente: SBS)

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