TC determina que hijos podrán llevar primero el apellido de la madre
A través de su cuenta de Twitter, el Tribunal Constitucional informó sobre su decisión respecto al orden de apellidos.
Únete a nuestro canal de WhatsAppEl Tribunal Constitucional (TC) informó que los hijos podrán llevar primero el apellido materno y luego el paterno, pero solo si los padres así lo deciden.
- ¿Ejecutivo llevará ley de retiro AFP al TC? Ministro de Economía respondió
- Poder Ejecutivo confirma que presentará demandas al TC por dos leyes aprobadas en el Congreso
- Procuraduría presentó al TC demanda contra la ley sobre devolución de aportes al FONAVI
- CANDIDATA AL TC: "ME DIJERON QUE EL FEMINICIDIO ES UNA FORMA DE DISCRIMINACIÓN AL HOMBRE"
“TC declara inconstitucional el sentido interpretativo del artículo 20° del Código Civil por el cual se establece un orden de prelación en los apellidos al hijo”, se lee en la cuenta de Twitter del TC.
Asimismo, el Tribunal Constitucional pidió al Congreso modificar el artículo 20 del Código Civil, ello con la finalidad de responder ante la disconformidad de los progenitores al momento de asignar el orden de los apellidos para sus hijos.
Caso de Marcelina Rudas Valer
Es importante recordar que, está sentencia se aprobó tras conocer el caso de Marcelina Rudas Valer, quien dio a luz a una niña y, tras el rechazo del padre a la menor, decidió registrarla con sus apellidos.
Sin embargo, el padre, Nivaldo Guedes Da Rocha, reconoció su paternidad y el orden de los apellidos cambiaron, esto provocó la indignación de la hija, quien considero que se vulneró a su derecho de identidad.