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Ron DeSantis firma nueva ley en Florida que endurece multas y controles de tránsito este 2025

Tras lo acordado por Ron DeSantis, desde el 1 de octubre, los conductores de Florida serán multados si no respetan algunas normas. Conoce los detalles.

La nueva legislación, parte del proyecto HB 253, reclasifica delitos menores y establece penas de hasta 5 años de prisión. | Foto: Composición Líbero/Freepik/AFP

A partir del 1 de octubre de 2025, los conductores en el estado de Florida enfrentarán sanciones mucho más severas si infringen las normas de tránsito, como modificar las matrículas de sus vehículos. En respuesta a esto, el gobernador Ron DeSantis ha firmado una ley que prohíbe el uso de dispositivos, luces y materiales que impidan la lectura de las matrículas, con el objetivo de garantizar la seguridad de todos. Conoce toda la normativa para no ser multado.

¿Qué establece la nueva ley firmada por Ron DeSantis en Florida?

Esta nueva medida forma parte del proyecto HB 253, titulado "Delitos relacionados con vehículos motorizados", y fue desarrollada por el Comité de Justicia Criminal de la Cámara de Representantes de Florida. Esta legislación establece nuevas infracciones, reclasifica otras y sanciona más severamente acciones que antes se consideraban faltas menores. Las sanciones incluyen desde contravenciones hasta delitos de tercer grado, con penas de prisión incluidas.

Esta normativa que impacta en conductores de Florida modificó el artículo 316.2397 del Código de Tránsito de Florida, que regula el uso de luces en vehículos. Hasta el momento, circular con luces rojas, azules o una combinación de ambas visibles desde el frente del automóvil constituía una infracción si no se trataba de un auto autorizado.

Desde este mes de octubre, el uso de esos dispositivos, cuando se utilicen para intentar detener a otro vehículo, será considerado un delito de tercer grado. Esto implica una pena más dura: prisión de hasta 5 años, multa de hasta US$5000 o ambas, según lo establece la legislación penal de Florida. El propósito de esta modificación es evitar casos de suplantación de autoridad, como intentos de hacerse pasar por policías.

Sanciones más estrictas por cambiar o tapar la matrícula en Florida

Una de las disposiciones más rigurosas de la ley modifica el artículo 320.061 del Código de Vehículos de Florida, incrementando las sanciones para quienes alteren o manipulen cualquier componente del sistema de identificación vehicular. Esto abarca desde las placas de patente hasta los certificados de registro, matrículas temporales, calcomanías para casas rodantes y adhesivos de validación.

Desde el 1 de octubre, quienes incurran en alguna de las siguientes conductas enfrentarán una contravención penal:

  • Cambiar los colores, cortar, deformar o dañar intencionalmente la chapa del vehículo.
  • Aplicar sustancias reflectantes, luces, adhesivos o cobertores que impidan leer con claridad la matrícula.
  • Usar marcos decorativos o portaplacas que dificulten la visibilidad desde ángulos laterales o desde cámaras de seguridad.

Las penas previstas para estos actos serán de hasta 60 días de cárcel o multas de hasta US$500, ya que la infracción pasó a ser considerada un delito menor de segundo grado, según el capítulo 775.083 de las leyes de Florida.

Uso de dispositivos para ocultar matrículas ya está prohibido por la ley en Florida

La nueva normativa también creó el artículo 320.262, que introduce por primera vez la figura del "dispositivo para ocultar patentes". Este término abarca cualquier artefacto que permita lo siguiente:

  • Cambiar la chapa visible mediante un mecanismo manual, electrónico o automático.
  • Girar o voltear la patente para que no sea vista.
  • Tapar o cubrir los números mediante pantallas, láminas, luces o cualquier otro material.
  • Impedir que las cámaras o sistemas de control capten los detalles de la matrícula, ya sea el número o los adhesivos de validación.

Además, las sanciones dependen del nivel de participación y del uso:

  • Posesión o compra: constituirá un delito de segundo grado, con hasta 60 días de prisión o multa.
  • Fabricación o venta: será penado como delito de primer grado menor, lo que implica hasta un año de cárcel o multa correspondiente.
  • Uso para cometer un delito: en caso de que el dispositivo se utilice para facilitar un crimen, escapar de un arresto o eludir controles, se transformará en delito de tercer grado, lo que puede derivar en hasta cinco años de prisión.

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