El Departamento de Estado de EE. UU. estableció nuevas limitaciones en la concesión de beneficios de la Seguridad Social a un grupo específico. ¿Por qué?
Recientemente, la Administración del Seguro Social (SSA) decidió emitir un fuerte aviso dirigido a quienes residen fuera de los Estados Unidos y perciben beneficios del Seguro Social, advirtiendo sobre las implicaciones que ciertos viajes a ciertos destinos pueden traer complicaciones en sus prestaciones.
Según la información proporcionada por esta agencia federal y el medio 'El Cronista', el Departamento de Estado de EE. UU. ha establecido restricciones en el pago de beneficios a individuos que se encuentren en dos ubicaciones específicas. Aquellos que permanezcan en estos lugares no podrán acceder a su jubilación. ¿Qué destinos generan estas radicales medidas? AQUÍ los detalles.
Según el medio mencionado y la misma información de la SSA, se ha aclarado que no es posible otorgar jubilaciones ni beneficios a personas que residan en Cuba o Corea del Norte.
Y es que, los ciudadanos estadounidenses que se encuentren en estos dos países, no podrán recibir los pagos acumulados únicamente si se trasladan a un lugar donde la SSA pueda realizar las transferencias.
Por otro lado, para aquellos beneficiarios que no son ciudadanos estadounidenses, la normativa vigente establece que no se les podrá abonar beneficios correspondientes a los meses en que hayan residido en estos destinos en particular, aun si posteriormente se mudan a otro país y cumplen con los requisitos establecidos.
"Si usted no es ciudadano de los EE. UU. o no cumple con una de las condiciones para continuar recibiendo sus pagos, cesaremos sus pagos una vez cumpla 6 meses calendario de haber estado fuera de los EE. UU.", señalaron las autoridades en el país americano.