Residentes permanentes deben portar documentos clave al salir y regresar a EE. UU. en fiestas para evitar problemas migratorios.
Viajar fuera de Estados Unidos durante Navidad o fin de año es un derecho de los residentes permanentes, pero hacerlo sin la documentación correcta puede generar demoras, interrogatorios o incluso la pérdida del estatus migratorio. En esta temporada, cuando aumentan los controles en aeropuertos y fronteras, las autoridades recomiendan extremar precauciones.
Migrantes con Green Card deben llevar documentos clave al viajar en fiestas.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos señala que los residentes permanentes deben contar con ciertos documentos básicos para viajar al extranjero.
Para salir de Estados Unidos y viajar a otro país, es indispensable llevar:
Para reingresar a Estados Unidos, el migrante deberá presentar:
Además, el país de destino puede exigir visa u otros permisos de entrada, por lo que se recomienda verificar estos requisitos antes de iniciar el viaje.
Al llegar a un puerto de entrada, un oficial de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza puede solicitar documentos adicionales, como pasaporte o una identificación emitida en Estados Unidos, para confirmar la identidad y evaluar la admisión.
Aunque la CBP no exige el pasaporte en todos los casos, las aerolíneas sí pueden hacerlo, por lo que es clave consultar con la compañía aérea antes de volar.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos advierte que un residente permanente puede ser considerado como alguien que abandonó su estatus si se determina que ya no tiene intención de vivir de forma permanente en EE. UU.
Aunque los viajes cortos suelen ser seguros, el oficial migratorio puede evaluar factores como:
Incluso salidas menores a un año pueden generar problemas si existen indicios de que la persona ya no considera a EE. UU. como su residencia principal.
Si el residente planea estar fuera de Estados Unidos por más de un año, deberá solicitar antes de salir un Permiso de Reingreso mediante el Formulario I-131. Este documento permite solicitar admisión sin necesidad de una visa. Sin embargo, si la ausencia supera los dos años, el permiso pierde vigencia y será necesario solicitar una visa SB-1 (residente que regresa) en una embajada o consulado estadounidense.
USCIS aclara que existe una excepción para el cónyuge o hijo de un miembro de las Fuerzas Armadas de EE. UU. o de un empleado civil del gobierno estadounidense que se encuentre en el extranjero por órdenes oficiales.
Salir o regresar a EE. UU. sin la documentación adecuada puede derivar en retrasos, interrogatorios extensos o la negación de entrada al país, incluso para residentes permanentes. Por ello, las autoridades recomiendan revisar los documentos con anticipación, evitar ausencias prolongadas sin permiso y consultar con un abogado migratorio si existen dudas sobre el estatus.