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Utilidades 2025: ¿Cuando se pagan a los trabajadores peruanos y quiénes podrán recibirlos?

En esta nota te contaremos a partir de qué fecha podría iniciar el pago de utilidades este 2025 y sobre todo, quienes lo recibirán.

Utilidades se pagarán a trabajadores formales.

Entre los beneficios económicos que son entregados a los trabajadores del sector privado que se encuentran en planilla están el pago de la Compensación de Tiempo de Servicios (CTS), las gratificaciones y las utilidades. Esta última es la que se pagará en los próximos días y en esta nota te contaremos todos los detalles.

¿Cuándo dan utilidades 2025?

De acuerdo a la norma, el plazo máximo de pago para las utilidades es de 30 días calendarios posteriores a la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la renta ante la Sunat, por parte de la empresa. Teniendo en cuenta ello, el pago de las utilidades del 2025 se podrían dar entre el 26 de mayo hasta el 6 de junio.

¿Cómo saber si me toca utilidades 2025?

Como ya lo mencionamos, las utilidades lo reciben los trabajadores en planilla, pero solo los que pertenecen a empresas que generan rentas de tercera categoría y tienen más de 20 empleados.

A ello no ingresan las empresas individuales, microempresas, autogestionarias, cooperativas, comunales, y sociedades civiles. Asimismo, tampoco se consideran a los practicantes, a las que emiten recibo por honorarios ni tampoco a los informales.

Cabe mencionar que los colaboradores no necesitan estar laborando aún en la empresa para recibir este pago. Por lo tanto, incluso los extrabajadores que estuvieron en la empresa el año anterior también accederán a esta bonificación.

¿Cómo calcular utilidades 2025?

Inicialmente es importante destacar que el porcentaje de las utilidades que se debe repartir varía entre el 5% y el 10%, dependiendo del tipo de empresa.

  • Empresas pesqueras: 10%
  • Empresas de telecomunicaciones: 10%
  • Empresas industriales: 10%
  • Empresas mineras: 10%
  • Comercio y restaurantes: 8%
  • Otras actividades: 5%

El 50% del total a repartir se establece de acuerdo a los días trabajados por el colaborador en la empresa, que no está relacionado con su salario ni su posición dentro de la compañía. Mientras que el otro 50% se repartirá según la remuneración total recibida por el trabajador durante el año.

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