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La falsa “sanción” contra el presidente del COP en medio del caos del CAL
Renzo Manyari fue presentado como sancionado pese a que su caso sigue en apelación y, por ley, no tiene efectos jurídicos.

El Colegio de Abogados de Lima (CAL) enfrenta una crisis institucional de extrema gravedad; sin embargo, uno de los episodios más preocupantes trasciende el ámbito jurídico y golpea directamente al deporte nacional. En medio de este escenario de ingobernabilidad, el presidente del Comité Olímpico Peruano (COP), Renzo Manyari, fue señalado públicamente como “sancionado”, una afirmación que, de acuerdo con especialistas en derecho administrativo y disciplinario, es jurídicamente falsa y constituye una grave injusticia.
Desde el 9 de mayo de 2025, el entonces decano del CAL, Raúl Canelo Rabanal, fue suspendido preventivamente por seis meses por el Consejo de Ética. No obstante, pese a la vigencia de dicha medida cautelar, habría continuado ejerciendo funciones, desconociendo abiertamente el marco normativo que rige a los colegios profesionales. En ese contexto de ilegalidad, se emitió una resolución que pretendió involucrar y sancionar a Manyari, pese a que su proceso se encuentra en apelación y, por ley, no genera efectos jurídicos.
Conforme a los artículos 64° y 72° del Reglamento del Procedimiento Disciplinario de los Colegios de Abogados del Perú y al artículo 258.2 de la Ley N.° 27444, mientras una apelación esté pendiente de resolución en segunda instancia, la sanción de primera instancia no produce efectos. En consecuencia, Renzo Manyari no está sancionado ni suspendido, y puede ejercer plenamente como abogado y como máximo dirigente del olimpismo peruano.
La situación se torna aún más grave al conocerse que la resolución que pretendió sancionarlo fue emitida por un Consejo de Ética irregularmente integrado, en abierto desacato a una medida cautelar del Tercer Juzgado Constitucional, que ordenó la reincorporación de consejeros separados y la suspensión de la Asamblea del 29 de mayo de 2025. El propio juzgado dejó constancia del incumplimiento judicial, lo que invalida cualquier decisión adoptada por dicho órgano.
Para el deporte peruano, el daño es evidente. Manyari es el principal representante del país ante el movimiento olímpico internacional, y la difusión de una sanción inexistente no solo afecta su imagen personal, sino que pone en riesgo la estabilidad y credibilidad del deporte nacional, especialmente en un momento clave de preparación rumbo a próximos ciclos olímpicos. Por estos hechos, se advierte que los responsables de difundir esta información falsa podrían enfrentar acciones penales en el corto plazo.
Paralelamente, la suspensión también alcanzó a la mayoría de la Junta Directiva del CAL, que pese a ello habría continuado adoptando decisiones administrativas, financieras y políticas. Se denuncian resoluciones irregulares, denuncias por prevaricato contra jueces constitucionales, el presunto uso de personal de choque para controlar la sede institucional, así como el desacato reiterado de sentencias judiciales firmes.
Además, el Ministerio Público investiga la presunta existencia de una organización criminal al interior del CAL, intentos de transferencias irregulares por cerca de 300 mil soles y la toma ilegal de la Caja de Previsión Social del Abogado, hechos que habrían puesto en riesgo el patrimonio de la institución.
Mientras el Colegio de Abogados de Lima permanece sumido en el caos, el caso de Renzo Manyari es visto por diversos sectores como un daño colateral injusto, donde una crisis ajena al deporte termina golpeando a una de sus máximas autoridades. Para el entorno deportivo, el mensaje es claro: no se puede permitir que irregularidades institucionales manchen la honorabilidad y el liderazgo del olimpismo peruano.
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