Elecciones 2021: PPC de Alberto Beingolea no pasaría la valla electoral y perdería su inscripción
De acuerdo a las proyecciones delboca de urna de IPSOS-Perú para laselecciones generales 2021, el PPC de Alberto Beingoleahabría logradoapenas el 2% y tendría que reinscribirse como partido.
Únete a nuestro canal de WhatsAppMientras avanzan las horas y la ONPE afina los resultados de las elecciones generales 2021, se sigue consolidando la victoria en primera vuelta de Pedro Castillo en los comicios presidenciales y de los partidos que ganaron curules para el Congreso de la República.
En lo que respecta a la elección congresal, los resultados a boca de urna de IPSOS-Perú señalan que Perú Libre obtendría 28 curules, seguido de Acción Popular con 22, Fuerza Popular 16, Alianza para el Progreso 14, Renovación Popular 11, Avanza País 10, Juntos por el Perú 8, Podemos Perú 6, Victoria Nacional 5, Partido Morado 5 y Somos Perú 5.
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PPC perdería su inscripción
Mientras los partidos señalados líneas arriba asegurarían curules en el nuevo Congreso, otras organizaciones no lograrían escaños y, lo que es peor, no pasarían la valla electoral del 5%, con lo cual perderían su inscripción.
Debido a sus bajos porcentajes, Frepap (4.3%), PPC (2%), Partido Nacionalista (1.7%), UPP (1.7%), Frente Amplio (1.2%), RUNA (0.8%), Democracia Directa (0.8%), Perú Patria Segura (0.7%) y Contigo (0%) desaparecerían del firmamento electoral.
De todas estas organizaciones, llama la atención la suerte del PPC de Alberto Beingolea, candidato que señalaba estar cerca de la segunda vuelta. El partido fundado por el fallecido Luis Bedoya Reyes perdería su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones.
¿Qué es la valla electoral y cómo funciona?
Es un requisito que se exige a las agrupaciones políticas para que sus candidatos logren integrar el Congreso de la República con una cantidad considerable de representantes. Esta herramienta se aplica en dos dimensiones: la vigencia de la inscripción y la cifra repartidora.
Su alcance está establecido en la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la que precisa que todo partido debe obtener el 5% de los votos válidos a nivel nacional, en el caso de alianzas electorales el 6%, y lograr al menos 6 escaños en el Congreso.
La representación congresal es definida por la cifra repartidora. Esta herramienta es un método matemático que permite repartir las curules en forma proporcional a la votación obtenida solo entre las agrupaciones que hayan pasado la valla electoral de 5%.