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Bono Sequía 2023: LINK para consultar con DNI si eres uno de los beneficiarios

¿Cuándo cobrar y cuáles son los requisitos? Este subsidio busca ayudar a los ganaderos y agricultores de nuestro país.

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Un total de 200 mil agricultores y ganaderos podrán cobrar el Bono Sequía que entrega el Gobierno.
Un total de 200 mil agricultores y ganaderos podrán cobrar el Bono Sequía que entrega el Gobierno. | Foto: El Peruano

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) lanzó un nuevo subsidio llamado Bono Sequía, con la finalidad de reactivar el sector agropecuario de 17 regiones de nuestro país. En esta nota, te brindaremos información sobre cómo acceder y cuándo cobrar.

¿Cómo saber si soy beneficiario del Bono Sequía 2023? 

Un total de 200 mil agricultores y ganaderos podrán cobrar el monto que otorga el Midagri. Para saber si eres uno de los beneficiarios, sigue estos pasos:

  • Ingresa a este LINK OFICIAL del Gobierno
  • Coloca tu Documento Nacional de Identidad.
  • Después, digita tu fecha de emisión
  • Al final, le das click en 'consultar'

¿Cuándo cobrar el Bono Sequía?

En caso te encuentres en el padrón de beneficiarios del Bono Sequía, entonces ya puedes acercarte a las agencias del Banco de la Nación. La entrega de dicho monto se dio inicio el pasado 30 de enero y culminará el 31 de marzo.

De igual forma, aquí te dejamos el cronograma, el cual deberás guiarte con el último número de tu DNI.

  • 0: 31 de enero hasta el 1 de febrero del 2023
  • 1: 2,3 y 6 de febrero del 2023
  • 2: 7, 8, 9 de febrero del 2023
  • 3: 10, 13, 14 de febrero del 2023
  • 4: 15, 16 y 17 de febrero del 2023
  • 5: 20, 21 y 22 de febrero del 2023
  • 6: 23, 24 y 27 de febrero del 2023
  • 7: 28 de febrero y 1 y 2 de marzo del 2023
  • 8: 3, 6 y 7 de marzo del 2023
  • 9: 8, 9 y 10 de marzo del 2023

Requisitos para acceder al Bono Sequía 2023 

Para acceder al Bono Sequía que entrega el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, los ganaderos y agricultores deben cumplir ciertos requisitos, como:

  • Conducir unidades agropecuarias hasta cuatro hectáreas.
  • Conducir actividades pecuarias de crianza hasta doce cabezas de alpaca.
  • Estar registrados hasta el 13 de diciembre de 2022 en el Padrón de Productores Agrarios (PPA).
  • No ser beneficiario de los Decretos de Urgencia N º 013-2022 y N º 022-2022. 
  • No estar registrados en las planillas del sector público.

Para más información ingresa a Libero.pe

Redacción Líbero Ocio

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