Si el USCIS concede el beneficio después de que se cumplan todos los requisitos, el estatus del extranjero se cambiará a residente permanente legal.
Únete a nuestro canal de WhatsAppEl gobierno de Estados Unidos, a través del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) y otras agencias, ofrece alivios migratorios a ciertos extranjeros que cumplen con requisitos específicos. En estos procedimientos, se utiliza el formulario I-881 para suspender o cancelar la deportación.
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Si la entidad determina que el solicitante cumple con los requisitos para la suspensión de la deportación o la cancelación, se le informará que ha sido declarado elegible para el beneficio. Posteriormente, se le solicitará que firme una declaración en la que admita su deportabilidad o inadmisibilidad.
El formulario I-881, Solicitud de Suspensión de Deportación o Cancelación de Remoción por Regla Especial, puede ser utilizado por extranjeros elegibles que cumplen con los requisitos establecidos por la Ley de Ajuste Nicaragüense y Ayuda a Centroamérica (Nacara).
Esta ley, aprobada en 1997, permite a ciertos salvadoreños, guatemaltecos y nicaragüenses que escaparon de la violencia en la década de los 80 quedarse en Estados Unidos. El formulario es utilizado por cualquier extranjero que califique para solicitar la suspensión de la deportación o la cancelación conforme a la sección 203 de la Ley Nacara 203.
Según La Nación, de esta manera se aplica el formulario para las personas de Guatemala y El Salvador:
Cómo se aplica para los ciudadanos de Guatemala:
Cómo se aplica para los ciudadanos de El Salvador:
Si ingresó a Estados Unidos el 31 de diciembre de 1990 o antes, solicitó asilo antes del 31 de diciembre de 1991, y en el momento de presentar la solicitud era ciudadano de:
Este alivio también está disponible para el cónyuge o hijo(a) soltero(a) de una de las personas mencionadas anteriormente, siempre que la relación existiera en el momento en que el cónyuge o padre recibió la protección bajo el Nacara 203.
El costo general para presentar el formulario I-881 es de US$340. Sin embargo, si la solicitud se presenta como cónyuge o hijo maltratado que solicita beneficios bajo la Nacara, no se aplica ningún costo. Si la solicitud se presenta ante el Tribunal de Inmigración, se cobrará una tarifa única de US$165, además de la tarifa de presentación del USCIS, para los formularios presentados por uno o más solicitantes en el mismo proceso.
Al presentar la solicitud, se debe adjuntar toda la evidencia y documentos de respaldo, así como fotografías, además de asistir a una cita para los Servicios Biométricos. Posteriormente, la oficina de asilo de USCIS enviará una notificación con la hora, fecha y lugar (dirección) de la entrevista.
En la entrevista, es necesario llevar una copia de la solicitud y los documentos originales de respaldo, así como algún tipo de identificación, como pasaportes, otros documentos de viaje o identificación, y el formulario I-94, Registro de Entrada y Salida.
Si el solicitante no habla inglés fluidamente, deberá llevar un intérprete competente, mayor de 18 años, que domine tanto el inglés como el idioma del solicitante. Si USCIS determina que el peticionario es elegible para la suspensión de deportación o la cancelación, se le notificará que ha sido declarado apto para recibir el beneficio. Posteriormente, se le pedirá que firme una declaración de admisión de deportabilidad o inadmisibilidad.
Si USCIS aprueba la suspensión de deportación o la cancelación, el estatus del extranjero se ajustará al de residente permanente legal, lo que implica la obtención de una tarjeta verde.