A solo días de que se realice el depósito de la CTS, este grupo de trabajadores podrá notar un incremento en el monto que aparecerá en sus cuentas. ¿Por qué?
En los próximos días, se efectuará el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Muchos trabajadores que perciben el sueldo mínimo experimentarán un aumento en el monto que se reflejará en sus cuentas. Esta medida tiene como finalidad mejorar la situación económica de los empleados, garantizando que reciban una compensación más sustancial en este periodo. ¿Todos son elegibles al pago mayor? AQUÍ lo que debes saber.
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Los trabajadores del régimen privado que reciben la Remuneración Mínima Vital (RMV) o asignación familiar experimentarán un aumento en su CTS a partir de noviembre de 2026, gracias al incremento del sueldo básico a S/1.230.
Este ajuste también se aplicará para los empleados que reciben pagos por horas extras, comisiones o bonificaciones regulares. Es importante mencionar que existe la posibilidad de retirar el 100% de los fondos hasta el 31 de diciembre de este año.
El aumento de la Remuneración Mínima Vital (RMV) es un factor clave, ya que se elevó de S/1.130 a S/1.230 a partir del 1 de octubre de 2026. Este ajuste ha impactado en el cálculo de los beneficios correspondientes al semestre de mayo a octubre, lo que evidencia un cambio significativo en la economía de los trabajadores que perciben este ingreso mínimo.
Un empleado que percibe el sueldo mínimo y ha cumplido con el semestre laboral tiene derecho a recibir una asignación familiar. Bajo este contexto, el depósito correspondiente al mes de noviembre ascendería a S/780,08. Sin el reajuste aplicado en octubre, la cifra habría sido de S/725,08, lo que implica un incremento de S/55 en su remuneración.
Es importante señalar que estos montos son referenciales y se basan en la suposición de que el trabajador ha recibido una gratificación completa en julio, ha laborado durante seis meses y no ha tenido otros conceptos que afecten su cálculo. El monto final puede variar en función de horas extras, comisiones, inasistencias o el régimen laboral al que esté sujeto.
Las empresas deben realizar el depósito correspondiente a esta asignación a más tardar el lunes 16 de noviembre, ya que el 15 es domingo. En Lima y Callao, el 16 se considera un día no laborable compensable, según lo dispuesto por el Gobierno.