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¡ATENCIÓN, inmigrantes! ESTAS son las FUERTES SANCIONES que obtendrías por no portar el comprobante de registro
Desde el 11 de abril, los migrantes en EE. UU. deben portar un comprobante oficial de registro. No hacerlo puede resultar en multas de hasta $5,000 o prisión por 30 días.

A partir del 11 de abril de 2025, los migrantes en Estados Unidos que lleven más de 30 días en el país deben portar en todo momento un comprobante oficial de registro emitido por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS). Esta medida, basada en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), aplica especialmente a aquellos a quienes no fueron registrados ni se les tomaron huellas dactilares al solicitar su visa.
¿Cuáles son las sanciones que obtendrías?
El incumplimiento de esta normativa puede acarrear sanciones severas. Según la sección 262 de la INA, no portar el comprobante de registro constituye una ingracción independiente por cada ocasión detectada, lo que habilita múltiples penalidades. Las sanciones previstas incluyen una multa máxima de $5,000, prisión por 30 días o ambas opciones.
Es por ello que, para evitar estas sanciones y cumplir con esta obligación, los inmigrantes deben crear una cuenta en línea en el portal del USCIS, completar el formulario G-325R y asistir a una cita para la toma de huellas dactilares. Una vez completado el proceso, se recibe un documento PDF como comprobante de registro, que debe ser llevado siempre.
Una vez completado el proceso, se recibe un documento PDF como comprobante de registro, que debe ser llevado siempre.Es importante destacar que este registro no otorga estatus migratorio legal ni permiso de trabajo. Su propósito principal es mantener un control sobre la población migrante en el país. Dada la complejidad y las posibles implicaciones legales de este proceso, se recomienda a los migrantes afectados que busquen asesoría legal antes de proceder con el registro.
¿Quiénes deben registrarse?
Tal como USCIS lo ha informado, esta normativa debe ser cumplida por inmigrantes mayores de 14 años, que no registraron sus datos biométricos tras solicitar la visa. Esto también incluye a aquellos que estén en el país más de 30 días sin estatus migratorio y padres o tutores legales de menores de 14 años.
Los únicos exentos son los nativos americanos nacidos en Canadá bajo la sección 289 de la INA y los miembros de la Tribu Kickapoo de Texas. Asimismo, aquellos que estén en procesos de:
- Permisos de residencia
- Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA)
- Refugio
- Estatus de Protección Temporal (TPS)
- Asilo
- Parole humanitario
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