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La Green Card SIN COSTO existe: estos inmigrantes califican a la residencia permanente gratuita en EE. UU.

Obtener la Green Card en EE. UU. puede ser costoso, pero hay opciones que permiten a algunos solicitantes obtenerla sin pagar tarifas.

Algunos pueden obtener la residencia permanente sin costo.
Algunos pueden obtener la residencia permanente sin costo. | Imagen: Composición de Líbero, María Zapata.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) establece diversas tarifas para la presentación de solicitudes de Green Card. Sin embargo, hay situaciones específicas en las que los solicitantes pueden solicitar una exención. Conocer estas opciones es fundamental para quienes enfrentan dificultades económicas.

Criterios que permiten a los inmigrantes acceder a exenciones de tarifas (Fee Waivers)

USCIS permite a ciertos inmigrantes solicitar una exención de tarifas utilizando el Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas. Para que se apruebe esta solicitud, el solicitante debe cumplir con al menos uno de los siguientes criterios:

  • Recibir actualmente un beneficio público, como Medicaid, SNAP, TANF o SSI.
  • Tener un ingreso familiar anual igual o inferior al 150% de las Guías Federales de Pobreza.
  • Experimentar dificultades financieras extremas, como gastos médicos inesperados o desempleo.

Estas categorías de inmigrantes califican para la Green Card gratuita en EE. UU.

Existen varias categorías de solicitantes que pueden beneficiarse de exenciones de tarifas o procesos sin costo directo:

  • Familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses: Aunque se deben pagar tarifas de visa de inmigrante, no se requiere el pago de la tarifa de presentación del Formulario I-485 si el ajuste de estatus se realiza dentro de Estados Unidos.
  • Víctimas de violencia doméstica: Ciertos cónyuges, hijos y padres maltratados pueden autopeticionarse utilizando el Formulario I-360 y pueden ser elegibles para una exención de tarifas.
  • Refugiados y asilados: Aquellos que han sido concedidos el estatus de refugiado o asilado generalmente no pagan la tarifa de presentación del Formulario I-485.
  • Programas humanitarios: Algunos programas humanitarios especiales pueden ofrecer exenciones de tarifas.
  • Miembros de las Fuerzas Armadas: Existen disposiciones especiales para ciertos miembros y veteranos de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos.
  • Niños en programas de adopción: Los niños que ingresan a Estados Unidos. bajo programas de adopción de huérfanos o de La Haya pueden estar exentos de tarifas.
  • Inmigrantes especiales iraquíes y afganos: Algunos inmigrantes de estas nacionalidades pueden calificar para exenciones de tarifas.
  • Inmigrantes K: Algunos no inmigrantes K también pueden beneficiarse de estas exenciones.
María Zapata

Redactora en la web del Diario Líbero, sección Ocio y México. Egresada de Comunicación y Periodismo (UPC) con 2 años de experiencia en contenido digital. Interesada en anime, tecnología y crónicas.

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