Cuidado inmigrantes: tu estatus gracias a la Green Card podría ser revocado por la fiscal general de Estados Unidos
¡Atención inmigrantes! La fiscal general de EE. UU. podría revocar tu estatus migratorio a través de la Green Card. Mantente informado para proteger tus derechos.

En un giro inesperado, la fiscal general de Estados Unidos ha planteado la posibilidad de revocar el estatus migratorio de quienes cuenten con la Green Card. Por lo que este anuncio ha generado gran preocupación entre los inmigrantes que se encuentran en el país bajo esta condición, ya que podría poner en riesgo su estabilidad y seguridad.
La propuesta sugiere que la Green Card, que hasta ahora era considerada un pasaporte hacia la permanencia legal, podría ser retirada en ciertas circunstancias. Los inmigrantes deben estar alerta y buscar asesoramiento legal para proteger su estatus y evitar posibles consecuencias negativas derivadas de esta nueva postura.
Propuesta del gobierno de Trump al Tribunal de Apelaciones del Tercer Circuito
De acuerdo con información oficial del sitio web Newsweek, el Departamento de Justicia le realizó una propuesta legislativa al Tribunal de Apelaciones del Tercer Circuito que la fiscal general de EE. UU., Pam Bondi, tenga la facultad de revisar y, en el caso en particular de cada inmigrante, anular la residencia permanente legal de los titulares de tarjetas verdes en cualquier momento. Siempre y cuando se haya cometido una infracción a la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
¿Cómo tramitar una Green Card desde el extranjero?
Según el sitio web oficial de usagov, puedes solicitar una tarjeta verde desde fuera de Estados Unidos a través de un consulado del Departamento de Estado de EE. UU. Es así que este proceso se denomina trámite consular. Asimismo, debes estar dentro de estas categorías de elegibilidad:
- A través de la familia
- Mediante un empleo
- Siendo inmigrante especial
- Mediante el estatus de refugiado o asilado
- Víctimas de Trata Humana y otros crímenes
- Víctimas de abusos
Una de las más usuales es la de familiar inmediato de un ciudadano estadounidense solo si cumples con cualquiera de estos criterios obligatorios establecidos:
- Ser cónyuge de un ciudadano estadounidense.
- Ser padre de un ciudadano americano que tiene como mínimo 21 años de edad.
- Ser hijo soltero menor de 21 años de un ciudadano estadounidense.
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