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Atención, inmigrantes: USCIS revela el 'truco legal' para trabajar en EE. UU. sin necesidad de permisos
USCIS confirmó que algunos inmigrantes pueden trabajar en EE. UU. sin solicitar un permiso laboral adicional durante 2025.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) publicó una actualización clave sobre las condiciones laborales de ciertos inmigrantes dentro del país. Según el organismo, existen grupos específicos que no necesitan tramitar el Documento de Autorización de Empleo (EAD) para poder trabajar de forma completamente legal.

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Esta medida busca agilizar los procesos migratorios y reducir la carga administrativa de quienes ya poseen un estatus que incluye autorización laboral. Sin embargo, USCIS advierte que solo algunas categorías califican bajo esta excepción.

Algunos inmigrantes están exentos del trámite del EAD.
Quiénes pueden trabajar sin el EAD en Estados Unidos
El primer grupo que no necesita un EAD corresponde a los residentes permanentes legales, es decir, los titulares de la Green Card. Este documento ya les otorga el derecho de vivir y trabajar sin restricciones, por lo que no deben realizar ningún trámite adicional.
El segundo grupo incluye a ciertos no inmigrantes con visas de trabajo específicas, que ya integran el permiso laboral dentro de su estatus migratorio. Entre ellas se encuentran:
- Visa H-1B: para profesionales calificados o con título universitario.
- Visa L-1B: para empleados trasladados dentro de una misma empresa multinacional.
- Visa O y P: para personas con talentos excepcionales en arte, ciencia, educación, negocios o deportes.
De acuerdo con USCIS, estas categorías no requieren solicitar el EAD, ya que su visa funciona como prueba de autorización laboral válida ante cualquier empleador.
Quiénes sí deben tramitar el permiso de trabajo en 2025
Aunque algunas visas incluyen la autorización automática, la mayoría de los inmigrantes aún deben tramitar el Formulario I-765, conocido como Solicitud de Autorización de Empleo. Este documento sigue siendo obligatorio para quienes no poseen un estatus que les permita trabajar directamente.
Los grupos que sí necesitan el EAD son:
- Refugiados y asilados.
- Solicitantes del Estatus de Protección Temporal (TPS).
- Cónyuges de titulares de visas E, L, H, O y P.
- Estudiantes F-1 y M-1 con programas de formación práctica (OPT o CPT).
- Beneficiarios de la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA).
- Titulares de visas U, destinadas a víctimas de delitos graves.
Cómo tramitar el Documento de Autorización de Empleo (EAD)
El procedimiento para obtener el EAD requiere seguir varios pasos:
- Reunir los documentos necesarios, como visa, prueba de estatus y formularios complementarios (I-485, I-589, entre otros).
- Completar correctamente el Formulario I-765, verificando que todos los datos coincidan con los registros de USCIS.
- Enviar la solicitud al centro de procesamiento correspondiente, según el tipo de estatus.
- Pagar la tarifa de procesamiento, salvo en los casos en que aplique una exención oficial.
Una herramienta esencial para el trabajo legal en EE. UU.
Contar con el EAD sigue siendo fundamental para miles de inmigrantes que aún no tienen residencia permanente. Este documento no solo valida el derecho a trabajar, sino que también facilita la obtención de un número de Seguro Social y la apertura de cuentas bancarias.
En un contexto migratorio cada vez más complejo, conocer las normas de elegibilidad puede marcar la diferencia entre trabajar de manera segura o exponerse a sanciones. USCIS recomienda revisar cada año las actualizaciones en su portal oficial para mantenerse al día con los requisitos vigentes.
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