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FIFA detectó irregularidades en fichaje de Beto Da Silva

LaFIFAdecidió aplicaruna multa de 10 mil dólares a Alianza Lima tras encontrar irregularidades en la transferencia de Beto Da Silvapor parte de Tigres de México. La negligencia en el club de La Victoria tuvo un significativo castigo económico.

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Alianza Lima recibió una noticia que habrá incomodado a más de un dirigente 'blanquiazul'. El club fue sancionado económicamente por la FIFA por el tema de la transferencia de su delantero Beto Da Silva, quien pertenecía a Tigres de México.

La Comisión Disciplinaria del máximo ente del fútbol mundial declaró responsable al Club Alianza Lima de la violación de los artículos del Reglamento relacionados con la influencia de terceros en los clubes y la introducción de información incorrecta en TMS (Sistema de Correlación de Transferencias).

Así mismo, impuso una multa de 10 mil dólares que deberá ser abonada en los 30 días siguientes a la notificación. El hincha 'íntimo' se pregunta con justa indignación, ¿qué motivó el castigo de la FIFA contra de Alianza Lima? ¿Qué errores cometieron en La Victoria y en Nuevo León? Aquí la respuesta.

Según la FIFA, la cláusula quinta del contrato entre Tigres UANL y Alianza Lima vulneró los artículos 18bis y 4.3 anexo 3 del Reglamento FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores. 

Esto dice la polémica cláusula entre Alianza Lima y Tigres

"En virtud del 50 % de los derechos económicos que mantendrá TIGRES, ALIANZA LIMA se obliga a firmar un contrato laboral con el jugador con una vigencia de al menos 3 años y con una cláusula de rescisión por una cantidad no menor de... (mantendremos la cifra en estricta reserva). 

De igual forma, en virtud del 50 % de los derechos económicos que mantendrá TIGRES, ALIANZA LIMA se obliga a no transferir, definitiva o temporalmente, los derechos del jugador sin la previa autorización por escrito por parte de TIGRES.

Por último, ambas partes acuerdan en que si TIGRES le notifica una oferta por parte de un tercer club interesado en la compra de los derechos del jugador, ALIANZA LIMA, dentro de un término de 5 días hábiles contados a partir de la dicha notificación, deberá informar a TIGRES su aceptación y procederá con los trámites correspondientes para la transferencia del jugador o, en su caso, ALIANZA LIMA tendrá el derecho de igualar la oferta del tercero, para lo cual, dentro del mismo plazo de 5 días, deberá informarlo a TIGRES, comprometiéndose a pagar a éste las cantidades, en el mismo tiempo y forma, correspondientes a las plasmadas en la oferta por parte de un club tercero”.

Respuestas de los clubes involucrados

Los representantes legales de Alianza Lima señalaron a FIFA que la intención de la institución es cumplir con todas las disposiciones de la normativa vigente, por lo que acordaron dejar sin efecto legal el contenido de la cláusula en cuestión. El club victoriano justificó el hecho debido a "una inadvertencia", que significa error involuntario, negligencia o desconocimiento de la norma.

Tigres también brindó su manifestación. Los mexicanos reconocieron que cometieron esta irregularidad de manera involuntaria porque se trataba de "una operación realizada con la urgencia que imponía el cierre del libro de pases en el Perú y que además utilizaron un modelo de contrato antiguo". Posteriormente, firmaron un nuevo documento de transferencia, pero la infracción ya estaba cometida. 

Según FIFA, la cláusula quinta impedía que Alianza Lima pueda tomar con total libertad una decisión acerca de los asuntos laborales de Beto Da Silva, en particular, en relación con la duración de su contrato y el importe de su cláusula de rescisión. 

Asimismo, la cláusula evitaba que Alianza Lima pueda tomar con total libertad una decisión acerca de la posible futura transferencia del jugador. Alianza Lima no podía transferir a Da Silva de manera definitiva o temporal, sin el previo consentimiento por escrito de Tigres.

En ese sentido, en caso que el club mexicano notifique una oferta de otro equipo por Da Silva, Alianza Lima estaba obligado a transferir al futbolista o por el contrario abonar a Tigres la cantidad de la oferta del tercer club. 

FIFA determinó que este irregular contrato otorgaba a Tigres la capacidad de influir en la independencia y libertad del club Alianza Lima para disponer de Beto Da Silva en cuestiones labores y en una futura venta. 

¿Qué dicen los artículos 18bis y 4.3 del anexo 3?

18bis: “Ningún club concertará un contrato que permita al/los club(es) contrario(s) y viceversa o a terceros, asumir una posición por la cual pueda influir en asuntos laborales y sobre transferencias relacionados con la independencia, la política o la actuación de los equipos del club”.

43. anexo 3: “Al crear órdenes de transferencia, los clubes proporcionarán los siguientes datos obligatorios, según proceda: […] Declaración de pagos a terceros y la influencia de éstos […]”.

Las nuevas cláusulas entre Alianza Lima y Tigres

En virtud del 50 % de los derechos económicos que mantendrá Tigres, en caso Alianza Lima transfiera a Beto Da Silva, el club peruano deberá pagar a Tigres el 50 % libre de impuestos de cualquier cantidad recibida por dicha transferencia. Este 50 % será calculado sobre la cantidad que excedan los doscientos mil dólares.  

Así mismo, Alianza Lima otorga a Tigres un derecho de preferencia para que los mexicanos puedan recomprar los derechos laborales y el 50 % de los derechos económicos del jugador a partir de junio del 2021. Si Tigres decide tomar esta opción, deberá pagar a Alianza Lima más de cuatrocientos mil dólares. 

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