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Fonavi 2023, LINK: fecha de devolución, lista de beneficiarios y últimas noticias

Conoce todos los detalles en relación a lo que será la próxima devolución de aportes del Fondo Nacional de Vivienda que apenas tuvo su aprobación.

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Conoce qué se sabe hasta ahora sobre la devolución del Fonavi
Conoce qué se sabe hasta ahora sobre la devolución del Fonavi | FOTO: Composición Líbero

Más de un millón de 800 mil fonavistas se encuentran actualmente a la espera de que se les pueda otorgar los aportes que realizaron hace años durante la vigencia que tuvo este Fondo Nacional de Vivienda.

Luego de la aprobación de la Ley 31928 el pasado 13 de noviembre, que modifica la Ley 29625, se logró confirmar la devolución parcial de aportes del Fonavi y por eso hoy los ciudadanos hacen largas colas en el Centro de Lima para poder averiguar mayor información respecto a cuándo comenzará la entrega del dinero correspondiente.

Se sabe que por ahora y durante esta etapa, el Congreso priorizará la entrega de contribuciones a quienes no tengan los documentos para demostrar que hicieron los pagos y que no hayan cobraron hasta el momento.

¿Cuándo inicia el pago del Fonavi?

A lo largo de los últimos días, el congresista José Luna Gálvez afirmó que el proceso de devolución de montos para los fonavistas, debe iniciarse en el mes de diciembre.

¿Quiénes cobrarán primero el Fonavi?

La Comisión Ad Hoc debe atender en forma prioritaria a las personas mayores de 60 años, a las registradas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), a las que tienen alguna enfermedad grave o terminal, sean los titulares o deudos.

¿A quién se entrega los aportes del Fonavi si no hay titular?

En el caso de que no haya un fonavista titular, entonces todo pasará automáticamente al representante debidamente autorizado y, en el caso de fallecimiento será a sus deudos. Te dejamos los detalles a continuación.

-El cónyuge sobreviviente o integrante de la unión de hecho, hijos menores e hijos con discapacidad total permanente acreditada por el Conadis.

-Los hijos mayores de edad.

-Los padres.

-Los hermanos.

-A falta de las personas indicadas, la devolución corresponde a quienes acrediten ser deudos del fonavista fallecido mediante sucesión intestada o testamentaria.

Daniela Alvarado

Redactora en Líbero, sección Ocio y México. Egresada en Periodismo y Medios Digitales (Toulouse Lautrec). 2 años de experiencia en redacción de contenido digital y locución.

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