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Bono Escolaridad: ¿Cuándo depositirán los s/400 soles a sus beneficiarios?

Conoce si estás en el padrón de beneficiarios del Bono Escolaridad 2022 y si podrás acceder al subsidio este mes.

Bono Escolaridad: ¿Cuándo depositirán los s/400 soles a sus beneficiarios?
Bono Escolaridad: ¿Cuándo depositirán los s/400 soles a sus beneficiarios? | Libero

Miles de peruanos pertenecientes al sector público que trabajen como docentes y auxiliares podrán acceder la Bonificación por Escolaridad de 400 nuevos soles ¿Puede acceder al pago este mes de junio o julio? Los detalles en breve.

Por medio del decreto supremo N° 132-2022-EF, el Estado peruano hizo efectiva la inversión de 75 millones de soles para la difusión del Bono de Escolaridad. Son cerca de 185 mil profesores y auxiliares beneficiarios con la norma.

Bono de Escolaridad 2022: ¿Cómo saber si soy beneficiario?

El Bono de Escolaridad de s/400 tiene entre sus beneficiarios a aquellos docentes y auxiliares contratados de educación básica y técnico productiva del sector público. Sin embargo, hay requisitos que este sector de la población debe cumplir:

  • Contar con contrato vigente, mínimo, desde el 31 de mayo del presente año.
  • Contar con licencia con goce de remuneraciones o estar percibiendo los subsidios establecidos en la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
  • Estar valorando más de 30 horas a la semana, de no ser así, el pago se hará de forma proporcional.
  • Contar con una antigüedad laborando no menor de tres meses. El pago previsto para el subsidio es este junio de 2022.

Así mismo, el pago del Bono de Escolaridad no tiene un cronograma de pago propiamente dicho, por lo que se está a la espera de hacer pública esta información, previo a acabarse el mes de junio.

Bono Escolaridad 2022: ¿Quiénes son todos los beneficiarios?

  • Docentes universitarios, según la Ley Nº 30220.
  • Personal de la salud del Decreto Legislativo Nº 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas.
  • Personal de la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas dependientes del Estado peruano incluidos en la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.
  • Trabajadores del Sector Público que estén bajo el régimen laboral de la actividad privada.
  • Personal penitenciario.
  • Auxiliares de educación nombrados y contratados en las centros educativos públicos.
  • Fiscales del Ministerio Público y jueces del Poder Judicial.
  • Jueces supernumerarios del Poder Judicial.
  • Fiscales provisionales que no se encuentran en la carrera fiscal del Ministerio Público.

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Jorge García

Jorge García: últimas noticias, entrevistas exclusivas, columnas de opinión y artículos escritos en diario Libero.pe.

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