Bono 600 soles 2023, sector público LINK: Consulta AQUÍ desde cuándo podrás cobrar el subsidio
Este beneficio económico será entregado a más de 582 mil trabajadores. En esta nota te contaremos cuándo iniciará el pago del subsidio.
Únete a nuestro canal de WhatsAppEl Gobierno peruano y miembros de las confederaciones sindicales más representativas del sector público suscribieron el Convenio Colectivo Centralizado 2023- 2024. Este acuerdo tiene como finalidad la entrega del Bono 600 soles a trabajadores estatales.
Bono 600 soles 2023: ¿Se podrá cobrar este subsidio en setiembre?
Alex Contreras, representantes de la Unión Nacional de Sindicatos del Sector Estatal, espera la aprobación del dictamen en el parlamento, porque se quiere entregar el Bono 600 soles en setiembre.
Hasta el momento, no hay una fecha establecida para la entrega del dinero, porque el Congreso de la República no ha remitido el proyecto. Ante ello, aconsejamos a los ciudadanos no caer en las noticias falsas y acudir a los anales autorizados del Gobierno peruano.
Bono 600, sector público: ¿Cuáles son los requisitos del subsidio?
Según el acta suscrita entre los sindicatos y el Gobierno, este Bono Excepcional de 600 soles solo está dirigido a personas que tengan un vínculo laboral con entidades estatales hasta el 30 de junio del 2023.
Además, deberán estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (Aisshp) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Por su parte, los trabajadores municipales tienen que figurar en la Planilla Electrónica (PDT Plamee).
Bono 600 soles: ¿Quiénes accederán al beneficio económico?
Es importante mencionar que no todos los trabajadores del sector público recibirán el Bono 600 soles. A continuación, te diremos quienes accederán a este beneficio monetario.
- Los empleados administrados bajo la Contratación Administrativa de Servicios (CAS).
- Ley de productividad y competitividad laboral (Decreto Legislativo 728).
- Régimen de los trabajadores penitenciarios (Ley 29709).
- Miembros del servicio diplomático (Ley 28091).